Colegas recurro a Uds. por una sucesión en la que tengo que inscribir una chacra a nombre de los herederos, como sabrán para inscribir necesito el libre de deuda municipal.
Aquí la historia en cuanto a los pagos de impuestos: Históricamente los herederos se acercaron a la municipalidad en tiempo y forma para abonar solamente el impuesto inmobiliario ya que jamás le cobraron tasas por servicios.
Pero resulta que al momento de solicitar el libre municipal, como se trata de una zona de chacra, en la oficina correspondiente de la municipalidad no sabían si la chacra debía pagar o no tasas por servicios, ya que el inmueble no estaba empadronado en tasas, entonces me piden el adrema y ahí por el sistema me extienden una liquidación por los últimos 5 años, con el argumento de que en esa zona corresponde abonar tasas.
Entonces... la gran pregunta es: si la municipalidad que no tenía empadronado el inmueble en tasas, y en consecuencia: a) Jamás liquido las tasas a ese inmueble, y b) Jamás informó ni al propietario ni a los herederos de que debían pagar tasas:
1) ¿Corresponde el pago de las mismas a pesar de la omisión de la municipalidad en liquidar e informar y/o anoticiar sobre la obligatoriedad del pago de las mismas?; en caso afirmativo:
2) ¿Tendré algún argumento de defensa para evitar al menos el pago de los intereses? Ya que colocan en mora, a los hoy herederos, sobre algo que jamás les informaron, y esto genera intereses monumentalesssss.
Desde ya muchas gracias, Mariano.
Aquí la historia en cuanto a los pagos de impuestos: Históricamente los herederos se acercaron a la municipalidad en tiempo y forma para abonar solamente el impuesto inmobiliario ya que jamás le cobraron tasas por servicios.
Pero resulta que al momento de solicitar el libre municipal, como se trata de una zona de chacra, en la oficina correspondiente de la municipalidad no sabían si la chacra debía pagar o no tasas por servicios, ya que el inmueble no estaba empadronado en tasas, entonces me piden el adrema y ahí por el sistema me extienden una liquidación por los últimos 5 años, con el argumento de que en esa zona corresponde abonar tasas.
Entonces... la gran pregunta es: si la municipalidad que no tenía empadronado el inmueble en tasas, y en consecuencia: a) Jamás liquido las tasas a ese inmueble, y b) Jamás informó ni al propietario ni a los herederos de que debían pagar tasas:
1) ¿Corresponde el pago de las mismas a pesar de la omisión de la municipalidad en liquidar e informar y/o anoticiar sobre la obligatoriedad del pago de las mismas?; en caso afirmativo:
2) ¿Tendré algún argumento de defensa para evitar al menos el pago de los intereses? Ya que colocan en mora, a los hoy herederos, sobre algo que jamás les informaron, y esto genera intereses monumentalesssss.
Desde ya muchas gracias, Mariano.