El caso es el siguiente: presente una jubilación de una señora de 61 años, 7 años de aportes reales y el resto moratoria. Tiene la pensión del marido, por lo que estaba esperando la denegatoria para ir por CARSS y luego via judicial, como saque siempre este tipo de casos. El tema es que para mi sorpresa cuando llega la denegatoria textualmente dice:
Que en el presente caso no cumple el requisito servicios que establece el articulo 19 de la ley 24241 por cuanto no se han acreditado la totalidad de los servicios Autonomos y Monotributistas y/o Probatoria de servicios y Remuneraciones para los afiliados en Relacion de Dependencia ( Resolucion Anses 524/2008)
Acto seguido me adjuntan los servicios que se acreditaron, que es solo un mes menos de lo que yo declare, pero que no importa porque yo por moratoria habia sacado un par de meses mas por las dudas.
De la Moratoria guarda silencio.
Consulta: Voy a presentar el Recurso ante el CARSS, los argumentos para el 524/2008 se dan con solo citarlos, ya que ellos mismos me adjuntan la hoja con los servicios acreditados, cito en subsidio la Inconstitucionalidad de la 884/06. Cuando revean que citaron mal el 524/2008 me la pueden volver a denegar por el 884/2006 o se lo comieron. Me pueden denegar el mismo tramite dos veces por dos motivos distintos.
A pensar!!! Espero comentarios
Que en el presente caso no cumple el requisito servicios que establece el articulo 19 de la ley 24241 por cuanto no se han acreditado la totalidad de los servicios Autonomos y Monotributistas y/o Probatoria de servicios y Remuneraciones para los afiliados en Relacion de Dependencia ( Resolucion Anses 524/2008)
Acto seguido me adjuntan los servicios que se acreditaron, que es solo un mes menos de lo que yo declare, pero que no importa porque yo por moratoria habia sacado un par de meses mas por las dudas.
De la Moratoria guarda silencio.
Consulta: Voy a presentar el Recurso ante el CARSS, los argumentos para el 524/2008 se dan con solo citarlos, ya que ellos mismos me adjuntan la hoja con los servicios acreditados, cito en subsidio la Inconstitucionalidad de la 884/06. Cuando revean que citaron mal el 524/2008 me la pueden volver a denegar por el 884/2006 o se lo comieron. Me pueden denegar el mismo tramite dos veces por dos motivos distintos.
A pensar!!! Espero comentarios