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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1018000  por jbaroff
 
si quiero rechazar una carta documento, aunque sea para ganar tiempo, basta con que simplemente la rechace al momento de contestar la demanda?

El tema es asi, están pasados los 2 años y 6 meses, y para que no caduque tiene que valer la carta documento reclamando las acreencias.

Si yo rechazo esa carta documento, previo a todo tramite tiene que probar que esa carta esta bien emitida y recibida, pese a que se que mi cliente la firmo, si yo rechazo la validez en la contestación, obligo a la otra parte a pedir un informe al correo argentina, y a su vez a la apertura de prueba, no son menos de 6 meses que alargo el proceso.

Estoy en lo cierto? Alguien que opine otra cosa?

Gracias.
 #1018019  por andresxeneizes
 
si la otra parte demuestra que la mando bien queda como notificada, y se aplica la presuncion del art 57 de la lct.
ademas te perdes de saber que van a decir los de la otra parte, ejemplo que digan que laburaba hasta hace un año, y despues tenes vos la carga de la prueba de demostrar que eso no fue asi por no contestar el telegrama por la presuncion del 57lct
 #1018039  por jbaroff
 
Es que esta bien mandada, de hecho esta recibida y firmada por el empleador.

El hecho es que la mayoria de las cosas que pone en la demanda estan comprobadas por las mismas declaraciones del empleador.

Para evitar que se declare la causa como de puro derecho (ya me paso en una causa exactamente igual en la misma empresa) desconozco alguna carta documento y con eso por lo menos logro la apertura a prueba.

Dependiendo el juzgado pueden ser de 3 meses a un año solo por esa carta y una testimonial sobre algo que invento, aunque tampoco es cierto, de hecho el testigo no va a ir y pierdo la prueba.

Solo se trata de ganar tiempo, el juicio esta perdido, pero estirarlo a dos años en lugar de uno le hago ganar unos cuantos mangos a la empresa, una inflacion de 40% y unos interes de 18% en el juicio ya eso solo gano plata...
 #1018042  por andresxeneizes
 
lo que te dije antes borralo entendi que estabas en etapa prejudicial de los telegramas.

a la pregunta original, si desconoce los telegramas asi tienen que hacer el oficio al correo
 #1018044  por jbaroff
 
Buenisimo, la idea entonces va bien.

Gracias.