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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1018051  por simpleestudiante
 
Hola a todos, a ver si alguien me puede ayudar.
El tema es así, una persona tuvo un accidente, al dia de hoy la obra social lo sigue cubriendo -la cual está haciendo su reclamo a la compañia de seguros que jamas se hizo cargo, ya que era un tercero transportado-, pero yo quiero saber ya se le termina el año de reserva de puesto y la persona esta con incapacidad absoluta, sigue internado a raiz del accidente, la obra social debe solo cubrirlo los 3 meses posteriores a la finalización del contrato de trabajo como establece la ley o en caso así debe seguir cubriendolo en virtud de alguna otra ley?
 #1018137  por simpleestudiante
 
Leyendo un poco mas veo que los 3 meses era en caso de despido.
En el caso de reserva de puesto de 1 año solo debe cubrirlo por ese año.
En ese caso al finalizar la cobertura se debe notificar al empleado dicha situación o no hace falta?

Agradezco toda respuesta!