Hola, una pregunta. En una partición de herencia, ¿se puede adjudicar mediante hijuelas bienes a acreedores o debe hacerse mediante convenios privados de dación en pago donde se adjudiquen inmuebles por ej a los acreedores o cesión onerosa de derechos y acciones hereditarios que se homologarán judicialmente en la etapa liquidatoria de la sucesión? ¿No hay posibilidad de incluir a acreedores en hijuelas?
