Hola Colegas. Cae un cliente al estudio para que le haga un contrato sobre un campo, en el cual, se le cede el uso y goce del campo (para cria de animales y desarrollo de algunos cultivos) a cambio del desarrollo, obras de desmonte, y otras mejoras para la productividad del mismo. No se abona ningún dinero por el uso y goce sino que la única contraprestacion son las mejoras. Pensé en un contrato de arrendamiento rural, pero la ley determina que es una condición necesaria el precio en dinero; y en este caso no lo hay. Que forma jurídica podría darle a ello?????????' estoy en una nebulosa. Gracias!!!!