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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1018284  por mvdr
 
Hola Colegas, les cuento, estoy pagando períodos de deuda para jubilar a mi cliente y para el período 10/1995 el instructivo me indica que se lo tengo que decir al cajero, que no hay boleta. Mi cliente en ese momento era categoria 297 puede ser? o tenia que tener alguna letra? en fin...
gracias
 #1018490  por mvdr
 
Pero supuestamente va sin boleta, el instructivo me dice que le diga al cajero que pago impuesto 1101 por tal monto y tal período y el cajero me dice que no lo puede ingresar, que le surgen otros montos. Otra opción que me da el instructivo divide en aportes y contribuciones pero me parece que ese no es el que corresponde.
el período adeuda capital e intereses.
gracias por tu respuesta anterior
 #1018540  por MARIO1943
 
mvdr escribió:Pero supuestamente va sin boleta, el instructivo me dice que le diga al cajero que pago impuesto 1101 por tal monto y tal período y el cajero me dice que no lo puede ingresar, que le surgen otros montos. Otra opción que me da el instructivo divide en aportes y contribuciones pero me parece que ese no es el que corresponde.
el período adeuda capital e intereses.
gracias por tu respuesta anterior
ES ASI, PERO TE ESTA FALTANDO PASARLE AL CAJERO EL CRA


AFIP

Para abonar períodos hasta febrero de 2007, inclusive, deberá indicar al cajero que ingrese como formulario 1101, el CRA (Código de Registro Autónomos) que corresponde según la tabla que se indica a continuación, de acuerdo a la categoría en la cual estaba inscripto en ese momento.

PARA CATEGORIA -A- EL CRA ES 10
PARA -B- EL CRA ES 20

SE PAGA CON F. 801
358- CONTRIBUCION
308- APORTES
PARA CALCULAR AMBOS, TOMA EL TOTAL QUE TE FIGURA EN DETALLE D E DEUDA Y APLICAS LOS SIGUIENTE S PORCENTAJES

PARA 358, MULTIPLICAS LA DEUDA POR 0,65625
PARA 308 LO MULTIPLICAS POR 0,34375
TANTO PARA CAPITAL COMO PARA INTERESES