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  • TASA POR TRACTO ABREVIADO

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 #1018597  por estrella26
 
Buenos días! Tengo una consulta para hacer...
Mi cliente compró un inmueble donde era necesario hacer una declaratoria. La escritura estaba a nombre del Sr. X, casado en únicas nupcias con la Sra. X1. Fallece el titular y se hace la declaratoria del mismo hace muchos años. Fallece luego la esposa del titular y los hijos deciden vender el inmueble. Hice la declaratoria de la esposa. Ahora necesito inscribir el inmueble a nombre de mi cliente (comprador). Solicito copia apta para tracto en la declaratoria que yo hice (esposa del titular) y tengo que pagar la tasa del 2% de la valuación del inmueble. El tema es que debería pedir una copia apta para tracto en la declaratoria que se realizo hace varios años del esposo... también tengo que pagar la tasa ahí? o sea, debería pagar 2 tasas del 2% de la valuación del inmueble en las dos declaratorias para que me habiliten la inscripción por tracto? o puedo acreditar el pago de una tasa en el otro expediente? Si alguien puede ayudarme le estaría muy agradecida!
 #1018827  por abogado1987
 
tené presente
ARTICULO 292°.- Por los servicios que preste la Justicia se deberán
tributar tasas de acuerdo con la naturaleza y cuantía de los procesos,
con la aplicación de las siguientes normas: ...
f) En base al valor del activo, excluida la parte ganancial del
cónyuge supérstite, al momento de solicitarse la inscripción de la
declaratoria, testamento o hijuela en los juicios sucesorios ...
TASAS DE JUSTICIA
NORMAS INTERPRETATIVAS DE APLICACIÓN
CÓDIGO FISCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
http://www.calp.org.ar/uploads/df90faa1 ... ebd006.pdf

“… Asimismo, deberá efectuar las correspondientes declaraciones juradas en base al porcentaje que cada causante transmite … “
http://www.portaldeabogados.com.ar/foro ... 2&t=135582