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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1018214  por vrj
 
Hola!

Voy por la actora, hay audiencia de vista de causa dentro de poco y los demandados son de otra jurisdicción. Las cédulas volvieron de gestoria con resultado negativo, pero...los domicilios son los que ellos denunciaron en las contestaciones...
Pido se los tenga por notificados...o se notifiquen bajo responsabilidad...
 #1018253  por amdg
 
Si es provincia pedi notificar por el art. 41 en el constituido atento no haberlo podido hacer en el real ( habria que ver que informo el oficial notificador).
 #1018290  por eltam88
 
Están bien notificados, el problema es de ellos, de haberlo modificado deberían haberlo echo saber en el expte. (Igual fijate que dice el informe del oficial)
 #1018338  por vrj
 
El oficial notificador, informa que si bien el demandado viviría alli, el portero dice que tiene horarios dispersos...y en el de la persona jurídica, que esta cerrado el acceso (es un parque industrial) y que hay un solo timbre y no contesta nadie...
El tema que entre que solicito se libre nueva cédula y la mando por gestoria, no vuelven antes de la audiencia...
 #1018357  por eltam88
 
Yo dejaría todo como está, entiendo que están notificados. A mi me ha pasado y no he tenido problemas, va se ha tomado la confesional por entender que estaban notificados.
 #1018799  por gusgus
 
concido en que si es pcia bs as, se debe notificar ahora en el constituido conforme art 41