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 #1019731  por FacundoAlv
 
Estimados,

Buenas tardes, los contacto para consultarle por uno de mis primeros casos. La cosa es asi:

Tengo una sucesion, donde ambos causantes fallecieron, dejando cuatro herederos reconocidos. Dos de ellos, de acuerdo entre si (mis clientes), me han solicitado la apertura del proceso sucesorio. Hasta aqui, todo perfecto. Presentamos la demanda, denunciamos los domicilios y libramos cedulas de notificacion a los otros dos herederos.

Mis dos cliente, me informan, que en el unico inmuble del aservo (que en teoria estaba desocupado), se encuentra ocupado y que hay viviendo una persona que dice que esta pagando un alquiler y que ellos, no estan de acuerdo con esto. Por lo que me informaron, lo esta haciendo (al pago) a uno de los herederos que no son mis clientes.

Mi duda es la siguiente, ¿Puedo inicar un desalojo de esa persona?. No hay consentimiento de mis dos clientes. En caso afirmativo, ¿Puedo hacerlo sin tener la declaratoria de herederos? Denunciando donde esta el proceso sucesorio e indicando que esta en tramite.

La sucesion tramita en San Martin.

Por favor, si me pueden ayudar!! mil gracias!!

Saludos.
Facundo

PD: ¿Alguno ha tenido problemas con la oficina de notificacion de San Miguel? La verdad que me esta costando mucho noficar y sospecho de que los oficiales no van hasta el domicilio y en vez de eso, comen medialunas en la estacion de servicio...
 #1019742  por avenegra1
 
No creo que los herederos puedan decidir en forma unilateral respecto a un bien en condominio, lo que me parece, en mi humilde opinión, es que habría que solicitar mandamiento de constatación a fin de determinar en forma fehaciente el estado de ocupación del inmueble, y además solcitar se designe audiencia a fin de nombrar administrador del bien, y una vez designado administrador, y constatado el estado de ocupación del inmueble, recién iniciaría un juicio de desalojo, te aclaro que nunca me pasó, es solo una idéa de mi humilde sentido común. Suerte.
 #1019766  por FacundoAlv
 
avenegra1 escribió:No creo que los herederos puedan decidir en forma unilateral respecto a un bien en condominio, lo que me parece, en mi humilde opinión, es que habría que solicitar mandamiento de constatación a fin de determinar en forma fehaciente el estado de ocupación del inmueble, y además solcitar se designe audiencia a fin de nombrar administrador del bien, y una vez designado administrador, y constatado el estado de ocupación del inmueble, recién iniciaría un juicio de desalojo, te aclaro que nunca me pasó, es solo una idéa de mi humilde sentido común. Suerte.
Ok, muchas gracias por tu respuesta.

Con el mandamiento de constatacion, se presenta en la vivienda un oficial de justicia y verifica la situacion del inmueble, verdad?. Se puede hacer esto, sin tener la declaratoria?

Otra duda, la solicitud de audiencia es un escrito, que al no ser de mero tramite, debe ir firmado por alguno de los herederos Esto es correcto?.

Gracias.
 #1019776  por avenegra1
 
el escrito lo firma uno o todos los herederos presentados. Explica bien porque peticionas el mandamiento( es como detallas respecto al oficial de justicia), sin adelantar datos que realmente no tengas probado, o sea "tenes que saber el estado de ocupación del inmueble", pues por lo que manifestas esta ocupado pero no te consta en forma fehaciente y documentada a titulo de que lo ocupan. No veo ovice para que no se autorize su diligeciamiento sin la declaratoria. Si te lo deniega el juzgado tendrá que fundarte concretamente el porque. Igualmente podés ir al juzgado a preguntar a quien lleva el expediente que le parece la idea. Suerte.