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  • AYUDA! DUDA ENTRE JUICIO DE USUCAPION O SUCESION

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 #1020412  por melu099
 
Buenos dias colegas.
Acudo a ustedes porque estoy un poco perdida con un tema y no se bien como proceder.
El tema es asi.
Mi cliente vive en una propiedad que fue de sus padres.
El padre murio y fueron declarados herederos su madre, el y sus dos hermanos.
Al tiempo la madre les dona a los 3 hijos por escritura publica su parte indivisa, con lo cual los 3 hermanos quedan como unicos dueños condominos de la propiedad.
Luego de la donacion, muere primero uno de los hemanos ( año 1987) y luego fallece el otro hermano ( 1993) La madre fallece recien en el 2007.
Desde el principio, los hermanos fallecidos manifestaron que quien se quedaria con el departamento es mi cliente debido a que era el de menos recursos y el que se quedo viviendo y cuidadndo a la madre.
La cuestion es que desde los fallecimientos de ambos hermanos ( años 1987 y 1993) mi cliente perdio contacto con quienes eran sus esposas.
Yo averigue en la Camara si se inicio sucesion de estos hermanos y no hay nada iniciado.
La duda es:
Inicio sucesion por los hermanos fallecidos, presumiendo que las esposas tambien fallecieron y en ese caso heredaria mi cliente? o Voy por la usucapion decenal?

Yo preferia ir por la usucapion, porque desconocemos que las conyuges hayan fallecido y en ese caso se podrian presentar en la sucesion y excluyen a mi cliente como heredero, pero tambien la usucapion contra condominos es controvertida doctrinariamente.
Que me aconsejan?
Alguno de ustedes tuvo o conoce algun caso similar?
Millones de gracias y espero puedan darme su opinion.
Saludos y buen viernes para todos!!!
Meli
 #1020443  por ebarreyro
 
Decenal, la prescripción, no.
Sin interversión de título, no hay prescripción entre condóminos.
Si las esposas sobrevivieron a sus esposos, nunca heredará, por más que las mismas estén fallecidas.
 #1020781  por aracoeli
 
LA MANIFESTACION DE LOS HERMANOS SE HIZO POR ESCRITURA COMO UNA DONACION O SI NO LAS PALABRAS NO SIRBEN FIJATE SI PODES INTERVERTIR EL TITULO PRIMERO PARA PODER HACER UNA USUCAPION LARGA QUE ES LA PRESCRIPCION VEINTIAÑAL LA DECENAL NO CORRESPONDE.-
 #1020820  por melu099
 
Eba el justo titulo es la inscripcion en el registro de la donacion hecha en vida por escritura publica hacia mi cliente y sus hermanos. De hecho la propiedad esta inscripta en un 33,33% a nombre de cada uno. Ese es el justo titulo.
 #1020870  por ebarreyro
 
Aunque la respuesta no sea favorable a su caso, siempre es mejor que se lo digan por internet y no que se lo diga un juez en un expediente. Mostrando el inconveniente de su desarrollo del caso, Ud. puede prevenir lo que le diga su colega en la contestación de demanda.

Su cliente pretende prescribir la porción indivisa de los hermanos, condóminos del inmueble.
Sobre dichas partes indivisas no tiene justo título. La donación no sólo es justo título, sino título perfecto, pero sobre su tercio indiviso.