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  • AUTÓNOMO: APORTES POSTERIORES AL CESE

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1019037  por VLA28
 
Hola estimados colegas!
Recurro a Uds. para solicitarles su tan amable ayuda.
Tengo una persona autónoma, que tanto en la "sábana de aportes" de ANSES como en la "consulta de pagos" del SICAM posee pagos posteriores a la fecha de cese en la actividad registrada en la "Consulta al padrón" del SICAM (En la pantalla de AFIP "Sistema Registral - Reflejo de Datos Registrados" no surge la fecha de baja en la actividad autónoma)
Por favor, alguien que me pueda dar una idea de cómo resolver este tema?
Desde ya muchas gracias por su buena predisposición!!!
Saludos!!!
 #1019042  por celiaEsc
 
Hola por pagos posteriores a la fecha del cese corresponde aplicar la circular 48/2013, si es que no hay otra posterior: o sea que los podés contabilizar si están pagos. saludos
PROBATORIA DE SERVICIOS AUTONOMOS Y MONOTRIBUTISTAS-COMPROBACIÓN DE SERVICIOS DE AUTONOMOS.

REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP 58/10

Dado que se facultó a la Dirección General de diseño de Normas y Procesos para dictar las normas de procedimiento y disposiciones aclaratorias de la Resolución DEN Nº 555/10 ( Probatoria de Servicios de Autonomos y Monotributistas), se aclara que si el afiliado invoca aportes realizados en tiempo y forma, que respalden lo indicado en la situación de revista del SICAM, son considerados como prueba suficiente deservicio en tanto estén incluidos en la pestaña ( historia de pagos) que emite el SICAM.
En consecuencia """no resultará necesario que el afiliado concurra a la Agencia de AFIP, para comprobar los períodos donde figuran los aportes realizados en tiempo y forma, ya que los cuales se consideran prueba fehaciente de la actividad y de la categoría efectuada por aplicación supletoria del apartado 7.6 (Ampliación de Servicios) del item 4 ( Verificación del Derecho) del Capítulo VI ( Acreditación de Servicios) del Anexo de la Resolución DE Nº 555/10""
 #1019074  por MARIO1943
 
VLA28 escribió:Hola estimados colegas!
Recurro a Uds. para solicitarles su tan amable ayuda.
Tengo una persona autónoma, que tanto en la "sábana de aportes" de ANSES como en la "consulta de pagos" del SICAM posee pagos posteriores a la fecha de cese en la actividad registrada en la "Consulta al padrón" del SICAM (En la pantalla de AFIP "Sistema Registral - Reflejo de Datos Registrados" no surge la fecha de baja en la actividad autónoma)
Por favor, alguien que me pueda dar una idea de cómo resolver este tema?
Desde ya muchas gracias por su buena predisposición!!!
Saludos!!!
PODES AClARAR LAS FECHAS DE LOS PERIODOS
 #1019235  por VLA28
 
Hola CeliaEsc y Mario1943! Muchas gracias por su tan amable ayuda!
El cese conforme la "consulta de datos" surge a 02/2007 pero le surgen pagos posteriores que se reflejan tanto en la "consulta de pagos" como en la sábana de aportes de ANSES desde 03/2007 a 07/2007 inclusive.
Y si quisiera incorporarlos a la liquidación el SICAM no me lo permite, sale una leyenda que dice "concurra a la AFIP" en rojo.-
No sé como solucionarlo?
Nuevamente muchísimas gracias!
Saludos!
 #1019237  por MARIO1943
 
VLA28 escribió:Hola CeliaEsc y Mario1943! Muchas gracias por su tan amable ayuda!
El cese conforme la "consulta de datos" surge a 02/2007 pero le surgen pagos posteriores que se reflejan tanto en la "consulta de pagos" como en la sábana de aportes de ANSES desde 03/2007 a 07/2007 inclusive.
Y si quisiera incorporarlos a la liquidación el SICAM no me lo permite, sale una leyenda que dice "concurra a la AFIP" en rojo.-
No sé como solucionarlo?
Nuevamente muchísimas gracias!
Saludos!
EXACTAMENTE, POR ESO TE PREGUNTE LA FECHA D E LOS PERIODOS, LA CIRCULAR QUE DICE CELIA SE APLICA SOLO A PERIODOS POSTERIORES AL 09/1993 SOLO POR PERIODOS PRESCRIPTO, EN TU CASO NO ES APLICABLE, TENES QUE HACER UNA NOTA MULTINOTA F. 206 A LA AFIP Y PEDIS QUE ANULE LA BAJA DEL 2007 POR LA VERDADERA BAJA QUE ES 07/2007, LE DECIS QUE FUE DADO D E BAJA POR ERROR Y QUE LA ACTIVIDAD CONTINUO HASTA EL 07/2007, ADJUNTANDO PARA TAL EFECTO LOS APORTES CORRESPONDIENTES, SI TENES EL ULTIMO TALONARIO DE FACTURA LO ADJUNTAS, SI ESTA EN BLANCO CONFECCIONAS ALGUNA , COMO PARA JUSTIFICAR QUE HUBO ACTIVIDAD EN ESOS PERIODOS
 #1019276  por miguel19790
 
hola mario, te pregunto cual es el parametro para ver si un pago esta hecho en tiempo y forma, porque como sabemos que regulacion habia en el año 96 por mencionar......... por ejemplo para un mes 04/1996 si el pago figura hecho el 18/05/1996.....como se si es tiempo y forma??
 #1019300  por diegomdp
 
en tu caso se aplica la instruccion 1194/11 de afip como dijo mario multinota y los pagos o el listado de pagos de donde surja la fecha del pago
 #1019727  por VLA28
 
Hola!!!!
Muchas gracias Mario1943 y diegomdp!
Me dieron información muy completa y precisa!
Saben mas o menos cuanto tiempo demora la afip en hacer este cambio en la consulta de datos?
Les agradezco infinitamente a todos!
Saludos!!!!
 #1020202  por diegomdp
 
VLA28 escribió:Hola!!!!
Muchas gracias Mario1943 y diegomdp!
Me dieron información muy completa y precisa!
Saben mas o menos cuanto tiempo demora la afip en hacer este cambio en la consulta de datos?
Les agradezco infinitamente a todos!
Saludos!!!!
depende la afip las dos que hay aca una te lo hace en el momento, solo si te atiende uno de los dos que estan en mesa de entradas que saben modificarlo y si tenes suerte que ese dia esten con animo de trabajar, en la otra te toman la multinota y se lo pasan a un sr que en 72 horas te lo hace
 #1020304  por Anyweb
 
En total son 5 meses. Si no los necesitás yo optaría por presentar en Afip Multinota para desafectar los pagos desconociéndolos (Circ. 22/13). Ahora lo hacen en el momento.
Es la opción más segura y rápida.
 #1020469  por diegomdp
 
Anyweb escribió:En total son 5 meses. Si no los necesitás yo optaría por presentar en Afip Multinota para desafectar los pagos desconociéndolos (Circ. 22/13). Ahora lo hacen en el momento.
Es la opción más segura y rápida.
depende la delgacion aca hay dos en una no te desafectan nada te mandan a hablar con un inutil que es jefe, que es un pedante que nunca le soluciona nada a nadie por eso ya lo cagaron dos o tres veces a trompadas,
en la otra la chica es una divina ella te lo desafecta, pero tiene un pequeño problema, su virtud no es la rapidez, a mi que soy conocido me tardo dos semanas y eso que tengo el telelfono para llamarla para ahcerle recordar....

aca al menos aca es preferible que te lo modifiquen por sistema, es mas rapido y mas seguro para que quede bien para presentar en anses
 #1020487  por Anyweb
 
diegomdp escribió:
Anyweb escribió:En total son 5 meses. Si no los necesitás yo optaría por presentar en Afip Multinota para desafectar los pagos desconociéndolos (Circ. 22/13). Ahora lo hacen en el momento.
Es la opción más segura y rápida.
depende la delgacion aca hay dos en una no te desafectan nada te mandan a hablar con un inutil que es jefe, que es un pedante que nunca le soluciona nada a nadie por eso ya lo cagaron dos o tres veces a trompadas,
en la otra la chica es una divina ella te lo desafecta, pero tiene un pequeño problema, su virtud no es la rapidez, a mi que soy conocido me tardo dos semanas y eso que tengo el telelfono para llamarla para ahcerle recordar....

aca al menos aca es preferible que te lo modifiquen por sistema, es mas rapido y mas seguro para que quede bien para presentar en anses
Habría que llevar la Circular a Afip:
Se lleva a su conocimiento que AFIP implementó un mecanismo que permite dar curso a las solicitudes de desafectación de pagos para periodos posteriores a 06/2004 con impuestos:
020 - Monotributo;
021 – Monotributo Autónomos;
024 – Monotributo Obra Social;
308 – Aporte Seguridad Social Autónomos
etc. etc.


La verdad es que Mar del Plata ya no es la Ciudad Feliz sino la Ciudad de los que no se pueden jubilar.
En Capital (al menos en 3 Agencias que lo solicité) lo hacen en el momento.
En casos en los que tuve algún problema (no este) con "empleados caprichosos" o lentitud en darle curso a una solicitud, envié al Juez Administrativo de la Agencia un Fax y siempre me han llamado para confirmarme que lo resolvieron.

Teléfonos de Mar del Plata

Ag. Sede M. del Plata Nº 1 - 127 - San Martín 2932 - Mar del Plata - 023-922103

Ag. Sede M. del Plata Nº 2 - 129 - Av. Independencia 2375/77 - Mar del Plata - 023-917882/83/84
 #1020535  por arielruiz86
 
VLA28 escribió:Hola estimados colegas!
Recurro a Uds. para solicitarles su tan amable ayuda.
Tengo una persona autónoma, que tanto en la "sábana de aportes" de ANSES como en la "consulta de pagos" del SICAM posee pagos posteriores a la fecha de cese en la actividad registrada en la "Consulta al padrón" del SICAM (En la pantalla de AFIP "Sistema Registral - Reflejo de Datos Registrados" no surge la fecha de baja en la actividad autónoma)
Por favor, alguien que me pueda dar una idea de cómo resolver este tema?
Desde ya muchas gracias por su buena predisposición!!!
Saludos!!!
Yo lo que hago en casos asi, atraves de la cta cte para aut y monot, es reimputar esos pagos sobrantes o excedentes (los vas a ver en verde) a saldos adeudados de cualquier otro concepto o periodo, esto siempre y cuando, claro esta, tenga cabida la reimputación, es decir, existan saldos deudores (lo vas a ver en rojo) de forma tal que se pueda reimputar hasta acabar estos saldos sobrantes, y a pesar de que esta información no se registra automaticamente en el sipa, si se refleja perfectamente en la pestaña pagos del propio sicam.