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  • Es tan así el tema escritaracion??

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 #1015555  por dagaboasol
 
Hola foristas! Alguien sabe un poco más...??
Tengo un cliente que firmo un boleto de compraventa, que ya vencio el plazo para escriturar (año pasado),pero claro, tiene una clausula sujeta hasta 60 dias posteriores de estar aprobado el PLANO DE SUBDIVISION Y MENSURA HORIZONTAL E INSCRIPTO EL REGLAMENTO DE COOPROPIEDAD.
LLame a la escribana designada y no sabe, me dijo que hay que esperar :roll: :roll:

No puedo intimar al vendedor x esa bendita cláusula, y mucho menos pensar en un juicio de escrituracion. :shock:

Pero, donde puedo averiguar por mi cuenta eso? Esperar hasta que se apruebe eso, es tan así??

Help, y sorry.

Gracias!
 #1015587  por marlop
 
Buenas:

Yo mandaría una Cd intimando a que arbitre los medios necesarios para efectuar "PLANO DE SUBDIVISION Y MENSURA HORIZONTAL E INSCRIPTO EL REGLAMENTO DE COOPROPIEDAD", de lo contrario vas a iniciar acción por los daños y perjuicios que su - cuanto menos- negligente proceder ocasione.-

El vendedor puede supeditar el otorgamiento de la escritura a la realización de estos trámites, por cuanto los mismos son necesarios para efectuar la escrituración, pero tiene que mostrar alguna actividad tendiente a la concresión de tales trámites, de los contrario debe responder...

saludos
 #1015589  por dagaboasol
 
Uyy, mil gracias marlop!
Ahora si el comprador ya tiene posesion del inmueble, corresponde ademas del juicio de escrituracion los Ds y Ps?
Digo, como no se puede alegar el daño x el no uso...Toy equivocada? :roll:
*flor*
 #1015668  por dagaboasol
 
dagaboasol escribió:Uyy, mil gracias marlop!
Ahora si el comprador ya tiene posesion del inmueble, corresponde ademas del juicio de escrituracion los Ds y Ps?
Digo, como no se puede alegar el daño x el no uso...Toy equivocada? :roll:
*flor*

Algun boga más experimentado me podría sacar esa dudilla, estoy equivocada con el tema de DsyPs.? :roll:

Gracias!
 #1015815  por mariferzara
 
dagaboasol escribió:
dagaboasol escribió:Uyy, mil gracias marlop!
Ahora si el comprador ya tiene posesion del inmueble, corresponde ademas del juicio de escrituracion los Ds y Ps?
Digo, como no se puede alegar el daño x el no uso...Toy equivocada? :roll:
*flor*

Algun boga más experimentado me podría sacar esa dudilla, estoy equivocada con el tema de DsyPs.? :roll:

Gracias!
Hola, por supuesto que se puede reclamar daños y perjuicios, si en el caso los hubiera, desde ya, tendrás que acreditarlo si existieron.- Te agrego para que tengas en cuenta que en este caso el juez no podrá firmar la escritura en nombre en nombr del vendedor, porque le faltan elementos esenciales que hacen imposible la escrituracion, y por eso se resuelve en daños y perjuicios, pero en ese caso sería resolver definitivamente el contrato de compra venta, debiendo devolver tu cliente la posesión y reclamando la devolución de lo pagado.- Lindo lío! jaja!.SDS
 #1015818  por dagaboasol
 
mariferzara, gracias! Si entiendo que juicio de escrituracion no va a poder ser en este caso. Voy a intimar como me lo dijo marlop, si no le pone a disposicion los diligenciamiento tendientes para hace los planos, blabla...Iniciamos DsyPs. (Por incumplimiento hay mora automatica y con 600pesos x cada dia de retrazo, con la devolucion del doble que se pago). Mi cliente pago el total del inmueble y vive en allí.

Firme escritura en mi vida y nunca tuve problemilla de esos, a la fecha se hizo y listo. 8) Pero bueh x suerte que los hay, sino no llevamos el pan a casa jejej 8)

Mil gracias a los dos, me reorientaron.
*flor*

PD.: No sé si se entiendio mal no quise desmerecer el consejo de marlop cuando pedi boga mas experimentado, me exprese mal. :oops:
 #1020525  por Repaso
 
Hola colegas estoy por asumir una representacion en un juicio por escrituracion, el inmueble esta sin subdivision y este es el problema por el cual no se escritura. Ahora bien la demanda la inicio un colega todavia no se le dio traslado, debo asumir la representacion y estoy en duda si esta bien caratulada o corresponde incumplimiento contractual,...? En el caso que este bien, entiendo que el juez debe ordenar que los vendedores realicen la subdivision, y luego los obligue a escriturar y en caso de incumplimiento podria solicitar que lo hagan los compradores a su costa? y tambien en la misma demanda se podria liquidar la multa establecida en el boleto de C-V mas la liquidacion de daños es correcto este planteo y esta via? Muchas gracias por sus aportes