kareng escribió:consulta: habia enviado una jubi por la web (automatica) en mes octubre, vto 1* cuota 22/11. Salio alta 02/14. estaba suspendida por no pago cuota. pago la cuota con fecha 19/2 y voy al anses para levantar la suspension. Me dice el empleado que la NUEVA NORMATIVA es que como no esta paga la cuota en termino, el beneficio hay que darlo DE BAJA! (PERDIENDO LOS AHBERES DEVENGADOS), Y GESTIONAR UN NUEVO BENEFICIO. Es asi???
NO LA PUEDO COPIAR BIEN, PERO TE BAJO LO MAS IMPORTANTE EL PUNTO d)
Vigencia: 02/10/2006
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Nueva modalidad de solicitud, liquidación y puesta al pago
de Jubilación Automática Autónomos
Resolución D.E. Nº 625/06
d) beneficios suspendido por registrase im
paga la cuota de cancelación del régimen de
regularización voluntaria
1. En aquellos casos que el beneficiario se pr
esente en la UDAI con la correspondiente boleta
paga, deberá proceder a la activación del beneficio
suspendido por el sistema REPA para los
beneficios del Sistema de Reparto o por el si
stema SC00 para los beneficios del Régimen de
Capitalización, de acuerdo a la rutina vigent
e, debiendo previamente chequear el pago de la
cuota en el SICAM