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  • Sucesión y regulación: que me conviene

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 #1020549  por DRA. MACA
 
Colegas en una sucesión que inicié en La Matanza, no llegué a la DDHH, se abrió a los fines que la viuda cobre una cuenta en el banco del causante, renuncié al patrocinio, se que se regulan honorarios por etapas, pero el juez me dictó un proveído dándome a entender:

Previo a proveer lo solicitado en el punto II), manifieste la letrada si solicita regulación parcial y provisoria en el mínimo legal o por las etapas cumplidas, en cuyo caso deberá cumplir con los requisitos establecidos a fs. 24 vta. punto III).

Quisiera saber cuanto es el mínimo legal (la cuenta en ese entonces era de 18 mil pesos, pero ahora deben ser mas, por los intereses del Banco).

el requisito que me pide de fs. 24 vta punto III dice;

·III) TRANSFERENCIA DE FONDOS DEPOSITADOS EN BANCOS: 1) sin necesidad de petición previa, líbrese oficio al Banco correspondiente a fin de que informe sobre la existencia de fondos pertenecientes al causante y, en su caso, se transfieran los mismos al Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal San Justo, como perteneciente a los autos y a nombre del infrascripto; 2) para el supuesto de solicitud de giro, acredítese la conformidad de todos los herederos o acompáñese autorización expresa de los mismos; 3) Certificado de Anotaciones personales, vigente del causante -RPI- (Inhibición y cesión); 4) abónese tasa y sobretasa de justicia ( cfr. Código Fiscal y ley 8455) o en su caso peticiónese su deducción del fondo existente, a cuyo fin deberá confeccionarse oficio al Banco acompañando las boletas pertinentes ( ASER 304 y R-516V2), debiendo asimismo, informar a esta dependencia dicha diligencia y saldo resultante. Todo ello previo al giro en cuestión; 4) Consentido que se encuentre la petición de giro ( cfr. art. 8º Ac. 2579/94) y acreditada la identidad de los beneficiarios, líbrese giro correspondiente a su favor.-

De mas está decir que si renuncié no voy a pagar de mi bolsillo la tasa y sobretasa de esa cuenta, entonces, que me conviene mas? alguien sabria si es una diferencia muy grande entre un honorario y el otro?

Gracias!!
 #1020838  por DRA. MACA
 
Si me dan una opinión se los voy a agradecer!