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  • deuda consolidada y presupuesto 2014

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 #1020798  por feli07
 
Estimados colegas: en un juicio contra Obras Sanitarias obtuve sentencia favorable, se aprobó la liquidación por 7000 pesos. El juicio se inició en 2002, por un pago indebido del 31/10/2001.
Cuando se le da traslado de la liquidación, el abogado del estado contesta pidiendo que se la apruebe y manifestando que "una vez firme la liq, el capital de condena será previsionado para el Ejercicio Fiscal del Año 2014"
Bien, el tema es que ahí me quedé esperando que llegara el 2014. Pero ahora me entró la duda:
1) Con esa manifestación de la demandada se entiende que quedó incluida la deuda en el presupuesto 2014? O tendría yo que haber hecho el procedimiento administrativo? :oops:
2) La sentencia fijó intereses a tasa pasiva hasta la sentencia y desde allí tasa activa. Que pasa con esto? Cuando el estado pague va a incluir directamente los intereses o tengo que hacer nueva liquidación?
Muchas Gracias
 #1020807  por Squonk
 
feli07 escribió:1) Con esa manifestación de la demandada se entiende que quedó incluida la deuda en el presupuesto 2014? O tendría yo que haber hecho el procedimiento administrativo?

No tenés que hacer ningún procedimiento administrativo. Debería estar incluida
feli07 escribió:2) La sentencia fijó intereses a tasa pasiva hasta la sentencia y desde allí tasa activa. Que pasa con esto? Cuando el estado pague va a incluir directamente los intereses o tengo que hacer nueva liquidación?
Me parece que vas a tener que hacer otra liquidación y pedir que el saldo lo presupuesten para el proximo ejercicio
 #1020813  por feli07
 
Muchas gracias por responder! Que alivio, me había preocupado :)
Debería esperar que depositen el importe de la liquidación y recién ahí actualizar por los intereses, no?
 #1020892  por feli07
 
Gracias otra vez! *flor*