Estimados colegas civilistas, vengo de otro palo (laboral) y tengo un caso un poco complicado, por el cuál quiero consultarles, a ver si me pueden decir si estoy bien orientado.
El tema es así: mi cliente, suscribió un contrato de alquiler cómo locataria, de una vivienda del IVC (Instituto de la Vivienda). Al término del mismo, siguió ocupando la vivienda, sin que la titular/adjudicada de la unidad funcional le reclamara la desocupación. Cómo la vivienda estaba en bastante mal estado, mi cliente se hizo cargo de arreglarla y mejorarla. Al tiempo de estar allí y sin contrato, el administrador del edificio le dijo si no quería hacerse cargo de la deuda que tenía el inmueble por expensas y pedir en el IVC la adjudicación de dicha vivienda, ya que la titular no era muy querida por los vecinos y tenía distintas deudas por el bien. Mi cliente hizo eso, y al tiempo consiguió que el IVC desadjudicara a la locadora. Pero en el interin de eso, la titular/adjudicada le inició un desalojo por vencimiento de contrato y se presentó en el expediente administrativo, interponiendo un recurso frente a tal resolución, por el que logró un dictamen favorable –solo un dictamen-, que recomendaba dar vuelta la desadjudicación. Eso quedó ahí y no se movió más.
El problema está, en que el juicio de desalojo se perdió -acaba de quedar firme la sentencia-, por que la abogada anterior de mi cliente –quien llevó el juicio hasta la sentencia-, hizo un mal planteo jurídico de la cuestión, según mi modesto entender, ya que en vez de alegar la posesión actual del bien -lo que entiendo se podría haber probado fácilmente y hubiera aniquilado el desalojo-, planteó una "falta de legitimación pasiva" y contestó demanda aduciendo que la titular/adjudicada no podía alquilar la vivienda, por que el contrato de adjudicación lo prohibía en forma expresa. El juez entendió la cuestión por el lado del contrato vencido –creo que con razón- y falló en contra de mi cliente.
Ahora bien; estuve viendo, y para frenar el desalojo no veo muchas alternativas. Descarté los interdictos, ya que se utilizan contra actos materiales que turben la tenencia o posesión, pero no proceden frente a resoluciones judiciales. El tema de las acciones posesorias no lo veo por qué la abogada anterior dijo expresamente que mi cliente era la actual tenedora (encima precaria) del bien.
Lo que se me ocurre es una medida cautelar innovativa o amparo, para frenar el lanzamiento, manifestando que la cuestión administrativa no está firme y que ella está enferma (tiene cancer) y mientras tanto ponerle fichas a lo administrativo. ¿Ustedes que opinan?
Disculpen por la extensión, y aguardo opiniones.
El tema es así: mi cliente, suscribió un contrato de alquiler cómo locataria, de una vivienda del IVC (Instituto de la Vivienda). Al término del mismo, siguió ocupando la vivienda, sin que la titular/adjudicada de la unidad funcional le reclamara la desocupación. Cómo la vivienda estaba en bastante mal estado, mi cliente se hizo cargo de arreglarla y mejorarla. Al tiempo de estar allí y sin contrato, el administrador del edificio le dijo si no quería hacerse cargo de la deuda que tenía el inmueble por expensas y pedir en el IVC la adjudicación de dicha vivienda, ya que la titular no era muy querida por los vecinos y tenía distintas deudas por el bien. Mi cliente hizo eso, y al tiempo consiguió que el IVC desadjudicara a la locadora. Pero en el interin de eso, la titular/adjudicada le inició un desalojo por vencimiento de contrato y se presentó en el expediente administrativo, interponiendo un recurso frente a tal resolución, por el que logró un dictamen favorable –solo un dictamen-, que recomendaba dar vuelta la desadjudicación. Eso quedó ahí y no se movió más.
El problema está, en que el juicio de desalojo se perdió -acaba de quedar firme la sentencia-, por que la abogada anterior de mi cliente –quien llevó el juicio hasta la sentencia-, hizo un mal planteo jurídico de la cuestión, según mi modesto entender, ya que en vez de alegar la posesión actual del bien -lo que entiendo se podría haber probado fácilmente y hubiera aniquilado el desalojo-, planteó una "falta de legitimación pasiva" y contestó demanda aduciendo que la titular/adjudicada no podía alquilar la vivienda, por que el contrato de adjudicación lo prohibía en forma expresa. El juez entendió la cuestión por el lado del contrato vencido –creo que con razón- y falló en contra de mi cliente.
Ahora bien; estuve viendo, y para frenar el desalojo no veo muchas alternativas. Descarté los interdictos, ya que se utilizan contra actos materiales que turben la tenencia o posesión, pero no proceden frente a resoluciones judiciales. El tema de las acciones posesorias no lo veo por qué la abogada anterior dijo expresamente que mi cliente era la actual tenedora (encima precaria) del bien.
Lo que se me ocurre es una medida cautelar innovativa o amparo, para frenar el lanzamiento, manifestando que la cuestión administrativa no está firme y que ella está enferma (tiene cancer) y mientras tanto ponerle fichas a lo administrativo. ¿Ustedes que opinan?
Disculpen por la extensión, y aguardo opiniones.
