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  • Divorcio 214 Inc. 2 Demanda y allanamiento conjuntos

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #998561  por SilCass
 
¡Hola a todos!
Tengo que iniciar un divorcio por presentación conjunta (Art. 214 inc. 2) en Capital Federal. Me recomendaron hacer el escrito de inicio con la siguiente estructura: En el mismo escrito 1. Se presenta uno de los cónyuges, con patrocinio letrado y demanda el divorcio. 2. Se presenta el otro cónyuge, con patrocinio letrado y se allana a la demanda. A continuación, el resto de los puntos de estilo.
Estuve viendo que la mayoría hace presentar a ambos cónyuges en el punto 1 y a veces, hasta con el mismo abogado.
¿Qué recomiendan?

¡Saludos!
 #998581  por MCuello
 
Creo que el Divorcio lo deberías iniciar por el art 215 que es el de presentación conjunta.

En el mismo escrito se presenta el Sr. con el patrocinio del Dr. XX y la Sra. con el patrocinio del Dr. ZZ (siempre con 2 abogados), si conocés algún colega, pedile que te firme y convenís honorarios, sino, fijate si alguno de los cónyuges carece de medios, que lo asista el patrocinio gratuito.

Comentan los hechos (no hace falta acreditar tiempo de separación de hecho, porque el art. 215 no lo solicita). Y el mismo juzgado, a veces aconseja convertirlo en un 214, inc. 2, a fin de evitarles la 2º audiencia de conciliación.
Si hay bienes, se informa y pueden acordarlo en el mismo escrito, al igual que si existen hijos: acordarán tenencia, reg. de visitas y alimentos.
Espero haberte ayudado.
Marisa
 #998699  por ChristianM
 
El codigo no impide que ambas partes se presenten conjuntamente alegando la separación de hecho por más de tres años... para la presentación del 215 deberán haber pasado 3 años desde la celebración del matrimonio. Si no es asi, pueden presentarse ambos x el 214 inciso 2. Y en este último caso se pueden presentar con un mismo abogado.
 #998729  por MCuello
 
Es verdad Cristian, pero para el 214, inc.2 hacen falta 3 años desde la separación de hecho sin voluntad de volverse a unir.
Respecto de la presentación de un solo letrado...mmmmm...depende de cada juzgado.
Igualmente, me parece que ambos criterios son aceptables, teniendo en cuenta las experiencias que vamos generando.
Saludos.
Marisa
 #998940  por ChristianM
 
Es verdad Marisa, deben transcurrir 3 años desde la separación de hecho, aunque ese dato no lo tenemos en la ecuación! jaja.
Yo trabajo en la Provincia de Tierra delFuego y aca aceptan la presentación con un solo abogado, pero como dijiste depende de cada jurisdicción.
Saludos!!
 #1020941  por SilCass
 
Finalmente presenté la demanda de la siguiente manera:
1. Cónyuge X demanda al cónyuge Y por Art. 214 Inciso 2). Firma cónyuge X con patrocinio letrado del Dr. Z.
2. A continuación de las firmas, en el mismo escrito, se presenta cónyuge Y allanándose a la demanda de X. Firma cónyuge Y con patrocinio letrado del Dr. W.
Se dictó la sentencia de divorcio en menos de 1 mes. Ojo! Sin bienes ni hijos.
Esto fue en un Juzgado Civil de Capital Federal.
Espero les sirva el dato!
Saludos!