Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • donde notifico al cocubino

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1020640  por Alidiaz
 
consulto si tengo que notificar al mismo concubino, si tiene el mismo domicilio, como seria...
porque si está mi clienta le digo que no se notifique?? y esperar a que abra la puerta el concubino para que reciba la cedula.
 #1020654  por abogado_1987
 
tené presente el
CAPITULO II - CITACION DEL DEMANDADO
DEMANDADO DOMICILIADO O RESIDENTE EN LA JURISDICCION DEL JUZGADO
Art. 339. - La citación se hará por medio de cédula que se entregará al demandado en su domicilio real, si aquél fuere habido, juntamente con las copias a que se refiere el artículo 120.
Si no se le encontrare, se le dejará aviso para que espere al día siguiente y si tampoco entonces se le hallare, se procederá según se prescribe en el artículo 141.
Si el domicilio asignado al demandado por el actor fuere falso, probado el hecho, se anulará todo lo actuado a costa del demandante.
CPCCN