Les consulto. En un daños en capital me corren el traslado de la pericia medica y para mi sorpresa tengo como 15 puntos de incapacidad de diferencia entre lo que me informo mi legista antes de iniciar demanda y la pericia de oficio.
Tengo que impugnar esa pericia y pedir que se realize otra? O por el solo hecho de impugnarla el juez ordena una nueva. Porque del cpcc no me quedo claro el procedimiento para que se haga una nueva pericia.
Nunca me paso de tener tanta diferencia en los % de incapacidad.
Gracias.
Tengo que impugnar esa pericia y pedir que se realize otra? O por el solo hecho de impugnarla el juez ordena una nueva. Porque del cpcc no me quedo claro el procedimiento para que se haga una nueva pericia.
Nunca me paso de tener tanta diferencia en los % de incapacidad.
Gracias.
Dr. Diego G. Villamayor
Abogado Cristiano
ISA 61.2 "Porque yo Jehova soy amante del derecho, aborrecedor del latrocinio......"
Abogado Cristiano
ISA 61.2 "Porque yo Jehova soy amante del derecho, aborrecedor del latrocinio......"

