Hola foristas! mi clienta fue despedida, trabajaba como empleada domestica ( pero cuidaba 2 niñas tambien) en negro, hace 6 años. Es en pcia Bs As. - Esto debo hacerlo por la leyV26844? Hago intercambio telegraficO, pero va tambien TCL a AFIP. GRACIAS!!!
1) RECHAZA EL DESPIDO INJUSTIFICADO
2)COMUNICA AL EMPLEADOR QUE VAS HACER LA DENUNCIA AL MINISTERIO D E TRABAJO Y A LA FIP , POR NO HABER REGISTRADO LA RELACION LABORAL DE ACUERDO A LA RESOLUCION D E LA MISMA 3941/13 Y NO HABER DECLARADO LOS PERIODOS TRABAJADOS EN VIGENCIA LE LA LEY 25239
3)INTIMAR 48 HS. PARA QUE ABONE LOS SALARIOS CAIDOS, VACACIONES PROPORCIONALES, AGUINALDO PROPORCIONAL, INDEM, X FALTA D E PREAVISO E IDEMNIZACION POR ANTIGUEDAD DOBLE, PREVISTO EN LA LEY 26844, YA QUE AL MOMENTO DEL DESPIDO NO S E ENCONTRABA REGISTRADA EN AFIP , DE ACUERDO LA RESOLUCION ALUDIDA
4) RECLAMAR EN CASO D E CORRESPONDER LOS APORTES CORRESPPONDIENTES