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  • DECLARATORIA DE HEREDEROS COMO SIGO??

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 #1021763  por benfer
 
Hola colegas, sabrian decirme cual seria el proximo paso a seguir ; ya tengo la declaratoria
iba a pedir informe de dominio, inhibicion y valuacion fiscal, ¿esta bien? una vez que los tenga los presento solicitando ya la inscripcion? o como los presento, perdon por mi ignorancia en estos temas, pero veo que tiene mucho papeleo que me cuesta ordenar en mi mente
se trata de un solo bien
 #1021847  por abogado_1987
 
benfer escribió:Hola colegas, sabrian decirme cual seria el proximo paso a seguir ; ya tengo la declaratoria
iba a pedir informe de dominio, inhibicion y valuacion fiscal, ¿esta bien? una vez que los tenga los presento solicitando ya la inscripcion? o como los presento, perdon por mi ignorancia en estos temas, pero veo que tiene mucho papeleo que me cuesta ordenar en mi mente
se trata de un solo bien
donde tramita?

bien inmueble, automotor, etc ?
 #1022317  por benfer
 
Hola, se tramita en prov de bs as, san isidro, se trata de un unico bien inmueble, los paso que siguen los tengo medios difusosm les agradeceria una orientacion on respecto al prox paso
 #1022322  por gaby1973
 
tenes que pedir certificado de dominio, anotaciones personales (cesión e inhibición), estado parcelario, hacer la declaración jurada patrimonial y pagar tasa y sobre tasa de justicia,valuación fiscal actualizada del inmueble si no me olvido de nada con toda esa documentación pedis que se ordene la inscripción de la declaratoria de herederos en función a ese bien denunciado...
 #1022471  por abogado_1987
 
benfer escribió:Hola, se tramita en prov de bs as, san isidro, se trata de un unico bien inmueble, los paso que siguen los tengo medios difusosm les agradeceria una orientacion on respecto al prox paso
como pauta,

“San Isidro, de de 2012.
Hágase saber que para el dictado de la DECLARATORIA DE HEREDEROS es necesario agregar: ...
Para la INSCRIPCIÓN DE BIENES se deberán acompañar: a) la conformidad expresa de todos los herederos; b) certificados de no inhibiciones del causante (art. 765 del CPCC. y de 23 de la ley 17801); c) certificado de dominio; d) valuación fiscal; e) el título original -en el caso de ser inmuebles-, debidamente integrado (testimonio de la declaratoria de herederos inscriptos; art. 15, 23 de la ley 17801); f) en caso que el inmueble a inscribir esté ubicado en la Capital Federal deberán acompañar no sólo certificado de dominio e informes de anotaciones personales de dicha jurisdicción, sino también informe de anotaciones personales expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, debiendo encontrarse todos ellos actualizados al momento de la petición (arts. 761 y 765 del CPCC.; 3452 del Código Civil; CN Civ. Sala G, 12/2/89, LL 25/10/90); g) declaración jurada patrimonial de bienes; h) cumplir con las leyes 10397 (equivalente al 2,2% del porcentaje que transmite el causante con más el 10% previsto por los bienes muebles) y 8455 (10% calculado sobre el valor que se tribute por tasa de justicia) e i) Cumplir en su caso con el impuesto a la herencia incorporado al Código Fiscal por ley Nº 14.044 mod. por la ley Nº 14.200 y reglamentado por Resolución Normativa nº 091/10 de ARBA.
La declaratoria de herederos y su inscripción se dictarán en forma conjunta si se encuentran cumplidos todos los recaudos … Juez“