Hola a todos los colegas! estoy por inscribir un divorcio por primera vez, el divorcio en si no lo hice yo, bueno hice el oficio lo deje en mesa y me contestaron que cuando se cumplimente el art. 90 de la ley 5177 me proveerán, pregunta a que se refieren??? que tengo que hacer??? ya chequee la ley y no comprendo xfi ayudaaaa!