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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1022585  por bethel59
 
Tengo una persona que fué despedido y concomitanemtente tenía una enfermedad profesional causada por el trabajo, fué operado. El empleador nunca lo derivó a la ART, siempre lo enviò a la Obra Social. En la obra social le indican el empleador le tiene que dar tareas livianas. El empleador lo despide. Mi pregunta es la siguiente: El juicio lo tengo que iniciar en Capital. Quiero que quede radicado en sede laboral y no me lo deriven al fuero civil. ¿Contra quien acciono? Contra ART? y Empleador? o ambos?. ¿Efectúo el planteo de inconstitucionalidad de la 24557 y 26773 o no. La enfemedad profesional surgiò antes de la ley 26773. Gracias si pueden orientarme :oops:
 #1022600  por vendaball
 
Si la enfermedad es antes de la 26.773, el art 4 de ésta última no se aplicaa tu caso, respecto a la cuestión de competencia. Pero obviamente podés solicitar que se apliquen las mejoras de la nueva ley. Por ende plantea la demanda en sede laboral como venías haciendo antes, solicitando la inconstitucionalidad del art 39, fallo Aquino, Llosco. Fiajte que hay varios fallos donde los tribunales establecen que la competencia es laboral cuando el accidente o enfermedad es anterior a la 26773 y reclamas por la vía civil, ya que esos casos no estarían contemplados por la competencia que fija la nueva ley.
En cuanto a la intervención de la Obra Social, entiendo que la ART va a querer lavarse las manos, por no haber siquiera revisado a tu cliente. Sin embargo, si como vos decís, la enfermedad es causada por el trabajo, no dejes de reclamar.
Ahora el fundamento va a depender de si es una enfermedad enlistada o no.Si es una enfermedad enlistada, podes solicitar reparación integral y subsidiariamente las prestaciones dinerarias de la LRT, por si andas media floja con la prueba.
Ahora si no es enlistada, reparación integral de una, y a probar el daño.
Yo demandaría a los dos. Obviamente los factores de atribución son distintos. Estudialo un poco. Saludos
 #1026430  por bethel59
 
Aún tengo una duda...el art. 39 quedó derogado...seguro que tengo que plantear la inconstitucionalidad?