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 #1022329  por edugom
 
Esto preparando la vía ejecutiva en una ejecución de alquileres.
El contrato de alquiler inició en octubre de 2008 y terminó en octubre 2010,
los valores locativos se establecieron en dolares (U$S) y se pactó un interes moratorio del 1% diario !!!

Imaginensé los montos exorbitantes que arrojan los valores locativos al aplicarle el interés moratorio hasta hoy (2014)
Realmente son asombrosos los números que me dan, lo que trae como contrapartida que cuando tenga que pagar la tasa de justicia, mi cliente tendrá que vender algún vehículo o pedir algún préstamo (no pasa el filtro del BLSG , si es lo que están pensando).

Mi pregunta es si en la liquidación puedo calcular los intereses moratorios desde que se operó la mora (para cada período locativo) y solamente hasta la fecha de terminación del contrato ? en lugar de calcularlos hasta el día de hoy.

Seguramente estarán pensando que es ridículo no reclamarlos o calcularlos hasta hoy (puesto que sigue en mora al no haber pagado nunca) pero los montos que arrojaría la liquidación (algunos cientos de miles de dolares) serían demasiado exorbitantes como para enfrentar la tasa de justicia y mi cliente no reune los requisitos para un beneficio de litigar sin gastos.

Escucho propuestas,
gracias por vuestra opinión.
 #1022358  por andresxeneizes
 
Mi pregunta es si en la liquidación puedo calcular los intereses moratorios desde que se operó la mora (para cada período locativo) y solamente hasta la fecha de terminación del contrato ? en lugar de calcularlos hasta el día de hoy.
no, te van a intimar a que los calcules al dia de hoy a los efectos de pagar la tasa

pregunto, y si lo calculas todo a tasa activa? seria un beneficio para el demandado y alli no creo que te hagan drama por como liquidaste ya que la liquidacion seria hasta la actualidad
 #1022568  por edugom
 
Es muy buena idea.
Gracias por el consejo, voy hacerlo de ese modo.

La otra inquietud que me queda es respecto al fiador.

El fiador vive en la pcia. de Salta, no quisiera tener que notificarlo tan lejos (x cuestión de tiempos y costos) y al mismo tiempo no quiero perder la acción contra el. Se te ocurre alguna opción ?
 #1022628  por andresxeneizes
 
sino tenes otro domicilio constituido a los efectos del contrato podrias intentar pedir oficio a camara electoral para ver si dice algo distinto, pero sino el problema no es que el tipo viva en salta sino que el problema se dio cuando hicieron el contrato ya que alli debieron haber constituido un domicilio especial en la jurisdiccion donde se pretende ejecutar el convenio
 #1022651  por juancapa
 
Mi consejo es que demandes por los cánones impagos "con más sus intereses moratorios pactados" o algo por el estilo. Pagás tasa y sobretasa sobre los montos mensuales que omitió pagar. Entonces si obtenés sentencia favorable, van a condenarlo a que abone los alquileres pendientes más los intereses. Vos luego practicás liquidación con los intereses pactados. Y así sorteás la valla de tener que pagar una tasa de justicia abismal.
 #1022715  por andresxeneizes
 
la idea es buena de hecho todos la hemos hecho, no obstante en capital en muchos juzgados cuando haces eso te intiman a que liquides los intereses a la fecha de interposicion de demanda para liquidar la tasa de justicia.

a mi en un expte liquide tasa decir al dia que hice la demanda que fue 20 dias antes de presentar la demanda y en el primer auto me intimaron a que liquide todo a la fecha de demanda, la diferencia era como de 3 pesos y pico en tasa de justicia, es decir por 3 mangos que no alcanzan ni para comprar medio alfajor no me dejaban dar traslado de demanda, sin palabras, bueno pero como decia eso es en capital que estan muy hinchapelotas con la tasa, no se si en provincia es asi o es como en capital hace un par de años que se podia hacer lo que dice juan
 #1022779  por juancapa
 
andresxeneizes escribió:la idea es buena de hecho todos la hemos hecho, no obstante en capital en muchos juzgados cuando haces eso te intiman a que liquides los intereses a la fecha de interposicion de demanda para liquidar la tasa de justicia.

a mi en un expte liquide tasa decir al dia que hice la demanda que fue 20 dias antes de presentar la demanda y en el primer auto me intimaron a que liquide todo a la fecha de demanda, la diferencia era como de 3 pesos y pico en tasa de justicia, es decir por 3 mangos que no alcanzan ni para comprar medio alfajor no me dejaban dar traslado de demanda, sin palabras, bueno pero como decia eso es en capital que estan muy hinchapelotas con la tasa, no se si en provincia es asi o es como en capital hace un par de años que se podia hacer lo que dice juan
no tenía conocimiento de que pasaba eso en capital, por lo menos en provincia no ocurre tal situación.