Muchachos, me hicieron un desastre en la liquidacion de sueldos del mes de febrero. Yo entre a trabajar el Lunes 3 de Febrero y trabaje los 20 dias laborables del mes. Ahora, al momento de la liquidacion me descontaron 2 dias con el siguiente pretexto
"Si bien tu ingreso fue el primer día hábil del mes, como la liquidación siempre se realiza por 30 días, debemos descontarte el 1° y 2 de Febrero."
Tienen exactamente la parte de la ley en la que se referie a estos conceptos ? Ya me estuve peleando pero hasta no mostrarles la ley en la cara no me van a dar la razon.
Desde ya muchas gracias
Saludos
"Si bien tu ingreso fue el primer día hábil del mes, como la liquidación siempre se realiza por 30 días, debemos descontarte el 1° y 2 de Febrero."
Tienen exactamente la parte de la ley en la que se referie a estos conceptos ? Ya me estuve peleando pero hasta no mostrarles la ley en la cara no me van a dar la razon.
Desde ya muchas gracias
Saludos