Hola, pregunta de laboratorio...
Supongamos que:
1-Se hace un acuerdo en ministerio de trabajo el 1 de enero de 2013 a pagar previa homologacion
2- La fecha de pago de la primer cuota es para pagar el dia 1 de febrero de 2013 con mora caducidad de todos los plazos automatica por el solo transcurso de la fecha pactada
3 - El acuerdo, por vagancia de la delegacion, se homologa recien el dia 1 de junio de 2013
4 - Por la misma vagancia anterior la homologacion se notifica el 1 de agosto del 2013
Desde cuando corre la mora?
Desde la fecha del convenio, desde la homologacion o desde que quedo firme la misma por la notificacion?
Que efecto tiene el dictamen de homologacion en si? constitutivo de derechos (entonces recien desde la homologacion o desde su notificacion se podria pedir intereses) o declarativo de los mismos? (reconoce el derecho prexistente y retrotrae la situacion a la fecha en que se celebro)
En teoria entiendo que los efectos son declarativos, y que la fecha de la mora seria la del convenio por aplicacion del 509 CCiv, pero por otro lado, si me plantearan que hasta antes de la homologacion no existia obligacion de pagar el acuerdo porque no tenia fuerza legal y el pago se estipulo previa homologacion, seria injusto entender que el requerido deba pagar la mora generada por la burocracia del organismo del estado que debia dar una respuesta en tiempo adecuado y no lo hizo?
Osea, es algo incompatible que este tipo de acuerdos por un lado metan una mora del 509 del CCiv por el solo transcurso de los plazos con fecha fija, pero a la vez tengan la clausla de "pago previa homologacion", porque si la homologacion llegara a ser posterior a la fecha de pago... cual seria la fecha de la mora?
Supongamos que:
1-Se hace un acuerdo en ministerio de trabajo el 1 de enero de 2013 a pagar previa homologacion
2- La fecha de pago de la primer cuota es para pagar el dia 1 de febrero de 2013 con mora caducidad de todos los plazos automatica por el solo transcurso de la fecha pactada
3 - El acuerdo, por vagancia de la delegacion, se homologa recien el dia 1 de junio de 2013
4 - Por la misma vagancia anterior la homologacion se notifica el 1 de agosto del 2013
Desde cuando corre la mora?
Desde la fecha del convenio, desde la homologacion o desde que quedo firme la misma por la notificacion?
Que efecto tiene el dictamen de homologacion en si? constitutivo de derechos (entonces recien desde la homologacion o desde su notificacion se podria pedir intereses) o declarativo de los mismos? (reconoce el derecho prexistente y retrotrae la situacion a la fecha en que se celebro)
En teoria entiendo que los efectos son declarativos, y que la fecha de la mora seria la del convenio por aplicacion del 509 CCiv, pero por otro lado, si me plantearan que hasta antes de la homologacion no existia obligacion de pagar el acuerdo porque no tenia fuerza legal y el pago se estipulo previa homologacion, seria injusto entender que el requerido deba pagar la mora generada por la burocracia del organismo del estado que debia dar una respuesta en tiempo adecuado y no lo hizo?
Osea, es algo incompatible que este tipo de acuerdos por un lado metan una mora del 509 del CCiv por el solo transcurso de los plazos con fecha fija, pero a la vez tengan la clausla de "pago previa homologacion", porque si la homologacion llegara a ser posterior a la fecha de pago... cual seria la fecha de la mora?
Cuando una multitud de cuervos rodeaba al cliente al grito de "que pague!, que pague!", se hizo presente el señor y dijo "el que este libre de inflar una liquidacion, que arroje la primer calculadora"