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  • FALTA PAGO ALQUILER COMERCIO

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 #980782  por carola76
 
Consulto esto. mi cliente alquila un local junto con otras 2 personas desde el 01 de julio de este año.
por controversias con una de esas personas, se disuelve la "sociedad".
según tengo entendido solo debe este mes de agosto.
cuál sería la multa por la resolución anticipada?? porque la ley 23091 de locaciones urbanas plantea la resolución anticipada pero en caso de destino vivienda.
Y para contratos comerciales?? cuál sería la multa??. gracias. saludos.
 #981075  por carola76
 
nadie aún me ha respondido mi duda, pero consulté y está el art 29 bis que extiende la aplicación del art 8 las locaciones comerciales, como sería mi caso,
igualmente, si alguien quiere aportar algo...
 #981084  por Squonk
 
Sí, tal como alguna vez se discutió en este foro, el art. 29 bis extiende la aplicación de lo dispuesto en el art. 8 a los restantes destinos locativos.
Pero el art. 8 establece para resolver anticipadamente, el requisito del transcurso de seis meses en la relación locativa, que me parece que no se da en tu caso
 #981094  por carola76
 
por eso es mi consulta... que pasa en esos casos. se aplica tal multa además de pagar los meses que quedan para llegas a los 6 meses del art 8??
 #1023343  por pgarcia
 
Es viejo el topic, pero ya que estamos, opino...
En ese caso tu cliente va a tener que afrontar el pago de los meses que restan hasta alcanzar los 6 meses (si solo pago uno le quedan 5), tema que podría como sugiere el colega, negociar con el locador.
Pero es probable que el locador termine reclamando a los garantes, considerando el caso de que se disolvio la sociedad y tu cliente entiendo no tendria solvencia para hacerse cargo de los canones respectivos..., en este caso le herramienta negociadora sería evitar el proceso de desalojo, pero que tiene un corto plazo de vida util.
En resumen:
Si no ha llegado a cumplir los 6 meses, debe responder por los meses que restan a los 6 meses ( 6 menos los pagados) + 1,5 meses por rescision anticipada - deposito en garantía (1 mes habitualmente).

Slds