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  • SUSTITUIR LETRADO POR GESTOR ART 48

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 #1023222  por margcam
 
HOLA: TENGO UN PROBLEMA: tengo un juicio en la Prov. de Salta y renunció el abogado apoderado, me notificaron y dieron un plazo de 10 días para presentarme con nuevo patrocinio. El plazo se me vence ahora y no tengo posibilidades de viajar. El Cód. Procesal de salta tambien tiene la figura del gestor del art. 48. Puede presentarse el nuevo patrocinante solo, firmando con la figura del 48? o para sustituir el abogado necesariamente tengo que firmar yo?
 #1023478  por profesional
 
No sé de donde sos pero te conviene que se presente un colega de allá de tu confianza.
Quiero decir, muchas veces, el manejo del expte es tuyo pero él puede tomar vista e ir informándote de las cosas para que seas vos la que haga el seguimiento y confeccione los escritos. Hoy en día con el tema web, los armás y él solo lo imprime y firma. Además te evita viajar y te dá la posibilidad de tener domicilio constituído en su estudio