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 #1020615  por guimi
 
Trabajo en una Unidad Fiscal de Santa Fe y quisiera que me expliquen por cuanto no soy abogado, pero estuve trabajando en un Juzgado Penal de Sentencia en la cual la tarea del sumariante no era formular preguntas al imputado, al testigo de su propia creación sino que había un pliego que lo abría en presencia de las partes y allí formulaba preguntas.
La pregunta es: Ante la formulación de una denuncia verbal ante la Fiscalía: Debo:
1) Escuchar al denunciante
2) Discernir si lo que denuncia es delito o contravención (eso está claro)
3) Leerle todos los derechos de los arts. 80/82 del C.P.A y lo referente a la falsa denuncia.
4) Tomarle los datos personales
5) Las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Ahí donde en el detalle se me puede escapar la astucia en cuando está relatando el hecho denunciado no sé cuando tengo que parar el relato y preguntar sobre el modo:...................., sobre el tiempo:................y sobre el lugar:.....................
6) No dejar que se extienda demasiado en su relato porque se puede distorcionar su denuncia y marear al sumariante.
7) Cuando aprendí a tomar audiencias, se me repetía hasta el cansancio: "Vos no tenes porque interpretar lo que está declarando, vos tenes que transcribir textualmente lo que está diciendo.
Desearía una orientación y si tienen formularios de audiencias de denuncias para los distintos tipos de delitos penales, se los agraderecía y mucho. Muchas Gracias!!
 #1020631  por Mordisco
 
Estas bien orientado, con respecto a las circunstancias de tiempo, lugar y modo cuando tomas la denuncia.


Tb es buena técnica escuchar primero primero el caso, y si consideras que no es delito, orientarle al dicente a donde debe recurrir (incluso puede realizar una llamada a la dependencia XXXXX),y luego para cubrirte deberias anotar en un libro -tuyo- que en tal fecha, hora, se presento fulano de tal y que luego de haberle escuchado se le asesoro, considerando el Sr fulano que dicha información le resulto de suma utilidad, en virtud de lo cual se retiro satisfecho de la unidad fiscal.

Y luego le haces firmar al Sr. Fulano (así te cubrís)

Si se trata de un delito de instancia privada, debes dejar asentado que TRAS HABERLE EXPLICADO EL ALCANCE DEL ART. 72 DEL C.P. MANIFESTÓ QUE DESEA INSTAR LA ACCIÓN.

Si el denunciante es sordomudo, deberás solicitar que este se encuentre acompañado por alguien que entiende el lenguaje de señas y asi haga de interprete, generalmente, el asesor de incapaces tiene un agente que entiende el lenguaje de señas.

Si tomás una denuncia por amenazas, no te olvides de preguntarle si piensa que el agresor pueda cumplir la amenaza (para que se configure el delito de amenazas debe haber surtido efecto la misma bajo la forma de amedrentamiento)

Si pensas que el evento anoticiado no es delito, no podes dejarle de tomarle la denuncia, a menos que el fiscal te diga otra cosa, generalmente se le explica y si persiste, se la toma y en todo caso cuando elevas la denuncia al juzgado solicitas la desestimación de la denuncia y el archivo de lo actuado
 #1020633  por Mordisco
 
Me olvidaba de decirte que cuando le tomas la denuncia, debes tipear textualmente lo que dice porque imaginate si le tomas la denuncia una persona que tiene primer grado y conforme el acta que vos redactaste el dicente utiliza términos muy pulcros, podría dar lugar a nulidades
 #1020896  por guimi
 
Gracias Mordisco por su ayuda!. Hago reciprocidad mi solidaridad para casos análogos. Un abrazo!
 #1021993  por CHAPU
 
en general esta bien encaminado. con la salvedad de que cadaa tipo penal tiene sus caracteristicas. Entonces, antes de cerrar el acta seria conveniente que un letrado te diga algo sobre ese delito en particular, mas sobre los elementos constitutivos de la figura tratada. Por ejemplos: en Robo hacer hincapie en la violencia fisica, y la PREEXISTECIA DE LA COSA..como lo acredita. Podria acreditarse no solamente con documentos, sino con testigos..
 #1022124  por Mordisco
 
En un caso de robo, hurto, etc. (delitos contra la propiedad) se le suele preguntar al denunciante como justifica la propiedad del objeto sustraido, y seguidamente suele exponer que en la brevedad acompañara copia de factura, boleto de compraventa, etc, y cuando se presenta con posterioridad a la denuncia se confecciona un acta de comparendo y allí se deja asentado que comparece espontaneamente fulano de tal y con relación a la actuación de fiscalia N°../14, registro de la Unidad Fiscal...., caratulado ""XXX s/ DENUNCIA" a los efectos de acompañar 1...2....3....
Si no tiene documental que acompañar u ofrecer el denunciante suele expresar que justifica la propiedad bajo juramento de ley, o en última instancia con la información sumaria de dos testigos.
 #1023565  por guimi
 
Gracias al Foro, porque gracias a los distintos aportes expresados, se va puliendo esta tarea de como tomar una denuncia a conciencia y no dejarlo escuchar nada más. Están buenísimo los distintos supuestos, me gustaría saber por ejemplo en el caso de amenazas simples, con coacción, y todas las variantes de las mismas y también si en ese tipo de delitos, haya habido participación (principal, secundaria), instigación, coautoría, para saber después si a esa segunda persona se la tiene que entrevistar como testigo o como qué?- Gracias a todos, se segui puliendo la idea. Saludos.