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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1023642  por flukeweb
 
Hola foristas, mi consulta es porque estoy realizando la sucesión de mi cuñada, por lo que quisiera saber si puedo solicitar alguna excepción legal para no solicitar regulación de honorarios. Espero que algún alma caritativa pueda ayudarme a plantear el tema.- Muchas gracias por el tiempo.- Buena Semana para todos.-
 #1023679  por DRANORACASTRO
 
La ultima parte del art. 21 de la ley 6716 establece lo siguiente: "Quedarán excluidos de esta exigencia (pagar los aportes), si a ello optara el profesional las actuaciones judiciales realizadas en representación o patrocinio de ascendientes, descendientes consanguíneos o afines, cónyuge y hermanos, cuyos honorarios fueren exclusivamente a cargo de los mismos. [color=#FF4000]La opción en el caso tendrá los efectos de una renuncia expresa definitiva a la regulación y cobro de los honorarios correspondientes[/color][/color].". De esto se desprende que podes pedir que en razón de ser un familiar comprendido en esta ley, renuncias a la regulación de honorarios y listo.