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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1023920  por alejandra26
 
Buenas estimados colegas: tengo un caso de sucesión que la inicio un abogado que ya no esta en la zona de iniciación del expte, y que data de 20 años el caso, en el mismo hay dos propiedades una casa y un departamento (este ultimo quedo en tenencia del abogado, quien abono solo una suma inicial y arreglo con los herederos de "palabra" que una vez terminada la sucesión cancelaria la totalidad del valor de la propiedad).
Ahora me ha consultado el único "heredero" vivo que quedo y me dijo que había DH, pero he aquí el tema el resto de los herederos hijos de la causante fallecieron, y todos tuvieron hijos que podrían reclamar en base al derecho de representación que les asiste.
Básicamente tengo 3 inquietudes a consultar con uds. estimados:
1) Reclamar el pago total de la venta del departamento el cual esta en Bs As. y en el que vive el abogado que inicio la sucesión, mas los 20 años que lleva viviendo, algún cano por esa cantidad de años?
2) En la sucesión me tengo que presentar y solicitar la autorización de venta del dep. y necesito la conformidad de los herederos iniciales de los cuales 3 fallecieron, y quedan 9 sobrinos que les correspondería el derecho de representación.....como procedo aquí? necesito necesariamente las DH de la sucesión de C/U de los herederos iniciales? o como resuelvo el tema?
3)Me queda una propiedad mas, en la cual vive el único heredero vivo, de los iniciales, hijo de la causante, el tema es que el mismo es soltero y no tiene descendencia, y esta en edad avanzada....que me recomendarían aca?
Agradezco sus rtas, saludos.-
 #1023938  por DRANORACASTRO
 
En relación al abogado que vive el el dto habría que ver si alguna vez firmaron algún documento, sino hasta podrias pensar en deslojarlo, pero claro ojo con los 20años que vivió que puede usucapir. Si queres cumplir con lo prometido por los herederos esta también bien.-
Respecto de todos los demás que fallecieron tenes que denunciar los fallecimientos en la misma sucesión de los progenitores y se ira ampliando la declaratoria de herederos, si hay otras sucesiones acreditas eso en tu expediente y las dh. Todos estos van a tener que firmar la venta del dto. porque ellos no hicieron ningún acuerdo y si n hay uin boleto de sus antecesores que los obligue hasta se pueden negar a vender. El problema lo tiene el abogado que vivie ahí no vos.
Respecto del canon locativo no es viable pedirlo atrasado, es decir no es retroactivo, el canon solo se puede pedir hacia adelante.
Con relación al heredero soltero sin descendencia deberías tratar de convencerlo que le ceda sus derechos a alguien sino quedará para el estado.