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A ----- B 1
I
I
I 2
C --------- D
I
I
E y F
Hola queridos colegas, esta es una pregunta extraña, a ver que piensan, debo hacer la sucesión de A (los pintados son fallecidos y los números refieren el orden de fallecimiento) quien tiene a su nombre un terreno, mis clientes son E Y F, hermanos, que heredan en representación de su padre pre-fallecido C a su abuela A.
El problemon que tengo es que por extraño que parezca, por ningún lado aparece el acta de defunción del marido de A, el Sr. B, en el registro civil no esta, esto es lomas de Zamora, en capital tampoco, en la plata tampoco, en el cementerio figura un tomo y folio que cuando voy a la plata me dice que no coincide con ningún dato. La cuestión es que no puedo probar por acta, el fallecimiento del señor, el resto de las partidas y actas necesarias las tengo todas, acá va la pregunta. Puedo iniciar el sucesorio igual y explicando que no doy con el acta de defunción pedir al juez que me libre oficio al registro de las personas capital y provincia? a ver si por oficio el registro coopera un poco mas. Que opinan? Lo ven viable? De otra forma no se podría iniciar nunca una sucesión por desconocerse la partida. A alguno le paso? Agradezco cualquier comentario, gracias
A ----- B 1
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E y F
Hola queridos colegas, esta es una pregunta extraña, a ver que piensan, debo hacer la sucesión de A (los pintados son fallecidos y los números refieren el orden de fallecimiento) quien tiene a su nombre un terreno, mis clientes son E Y F, hermanos, que heredan en representación de su padre pre-fallecido C a su abuela A.
El problemon que tengo es que por extraño que parezca, por ningún lado aparece el acta de defunción del marido de A, el Sr. B, en el registro civil no esta, esto es lomas de Zamora, en capital tampoco, en la plata tampoco, en el cementerio figura un tomo y folio que cuando voy a la plata me dice que no coincide con ningún dato. La cuestión es que no puedo probar por acta, el fallecimiento del señor, el resto de las partidas y actas necesarias las tengo todas, acá va la pregunta. Puedo iniciar el sucesorio igual y explicando que no doy con el acta de defunción pedir al juez que me libre oficio al registro de las personas capital y provincia? a ver si por oficio el registro coopera un poco mas. Que opinan? Lo ven viable? De otra forma no se podría iniciar nunca una sucesión por desconocerse la partida. A alguno le paso? Agradezco cualquier comentario, gracias
