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  • Reclamo por lesiones graves- accidente laboral

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 #1023298  por giazza
 
Buenas tardes foristas; acudo a uds para que me digan de acuerdo a su experiencia como me manejo con este tema: Mi clienta una mujer de 28 años mamá de una nena de 3; Policía; sufre un accidente de por el cual le deben amputar una pierna dentro de su actividad laboral ( iba en el móvil policial de acompañante cuando el vehículo en que se transportaba vuelca y la despide, causando lesiones varias , pero ñas mas importante es le amputación de una de sus piernas) Ella en este momento esta bajo tratamiento de rehabilitación que le proporciona la ART, pero a su vez en el recibo de haberes posee descuentos de : seguro por accidente, seguro de amparo familiar, caja de seguro A su vez en vehículo en el que se transportaba tiene el seguro obligatorio contra tercero .
Mis dudas son como debo manejar el tema, se reclama a cada seguro en forma individual?? Ellas deben pagar una sola suma en su conjunto?? Alguien tiene idea que monto se tendría que reclamar teniendo en cuenta que a esta persona de 28 años se le cambió la vida de ella y de su grupo familiar??? Lo que pregunto se que es a groso modo, ya que es imposible que pueda contar aquí todo.
Si alguien es tan amable de darme su opinión se lo agradezco.
Saludos y buen año para todos
 #1024475  por DrAccidente
 
Estimado Giazza: A la ART podés reclamarle el monto que determina la ley de accidentes laborales. Al seguro propio, como tercero transportado y a los seguros de accidentes personales por la ocurrencia del siniestro asegurado. Finalmente si alguien fue responsable del accidente (un tercero o el propio conductor del vehículo donde iba tu cliente fallecida) la Art accionará contra él para recuperar lo que pagó (y obviamente le harán firmar a los herederos de la fallecida una declaración jurada diciendo que no percibió nada por el mismo accidente, etc). Ahora: si bien no podrán cobrar indemnizaciones por varios obligados, pues sería enriquecimiento ilícito, la Art te pagará según fórmula de ley (no amplío porque estamos en foro civil) por lo tanto eso habilita a "cobrar dos veces" (una forma de decir, cobrar de dos responsables) pues podés cobrar la indemnización tarifada de la Art y el plus por indemnización plena del seguro del auto (más allá de los seguros privados por acc. personales).
Abrazos