Estimados colegas me salio el siguiente prov en un ds y ps en Capital: ...citese a la citada en garantía x 15 dias...citese al Estado Nacional para que dentro de 60 dias tome intervencón...EN EL INTERÍN SUSPENDASE EL TRAMITE DEL PROCES 8ART.95 CPCC) Transcribo art. 95: la citacion de un tercero suspendera el procedimiento hasta su comparecencia o hasta su vencimiento del plazo que se le hubiese señalado para comparecer.-
PREGUNTA: que se suspenden los plazos que implica?? No corre plazo de caducidad? Solamente implica eso?? Tranquilamente puedo sacar cédula de traslado de demanda a la citada en garantía y luego que ésta conteste, en el caso de hacerlo, ESPERAR que comparezca o que pasen los 60 días que tiene el Estado para presentarse, estoy en lo cierto? Dice librese oficio para la citacion del Estado, el cual debo confeccionar y adjuntar copias de demanda y documental, es asi??
Gracias colegas!!!
PREGUNTA: que se suspenden los plazos que implica?? No corre plazo de caducidad? Solamente implica eso?? Tranquilamente puedo sacar cédula de traslado de demanda a la citada en garantía y luego que ésta conteste, en el caso de hacerlo, ESPERAR que comparezca o que pasen los 60 días que tiene el Estado para presentarse, estoy en lo cierto? Dice librese oficio para la citacion del Estado, el cual debo confeccionar y adjuntar copias de demanda y documental, es asi??
Gracias colegas!!!