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  • Contestacion de incumplimiento de cuota alimentaria

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1024932  por eugeal
 
A mi cliente le llega una denuncia de incumplimiento de cuota alimentaria...y efectivamente mi cliente está atrasado en el pago de la misma...cuando contesto...reconozco esto? Alguien tendrá algun modelo?
 #1024943  por Administrador
 
Estimada Forista: Si le estan notificando un planteo de incumplimiento, solamente le estan dando un plazo para cumplir o sea ponerse al día o a lo sumo plantear un acuerdo de pago cancelatorio. No teniendo en su poder constancias de pagos efectuados lo unico que queda no es reconocer que se es incumplidor, sino cancelar la deuda o realizar un descargo con pruebas sobre el porque del incumplimiento. Lo siento no tengo modelos.-
Le deseo suerte
 #1024946  por DRA. MACA
 
Salvo circunstancias de hecho que hagan cambiar la situación (por ej. haberse quedado sin empleo) lo cual por supuesto debe probar, debe abonar lo adeudado, pago contra recibo o si tiene abierta una cuenta los tickets de pago, de lo contrario van a embargarlo por las cuotas no abonadas.

Si tu cliente quiere arreglar las cosas no le queda otra opción mas que pagar. Presentá el escrito con las constancias del pago que te dije y problema solucionado.
 #1024951  por eugeal
 
Gracias por sus respuestas!! Mi cliente efectivamente no venia abonado las cuotas ( aclaro que yo no estaba al tanto de esto, ya que me acaba de contactar cuando le llego la cédula dándole traslado al incumplimiento e intimandolo a que cumpla bajo apercibimiento de inscribirlo en el registro de deudores alimentarios) Mi intención es contactarme con la abogada de la contraparte para llegar a un acuerdo de pago, pero mi duda es si debo contestar el traslado q se le hizo a mi cliente y en ese caso, si reconozco el incumplimiento y manifiesto la voluntad de pago.
 #1024958  por DRA. MACA
 
No reconozcas nada ni voluntad de pago, el incumplidor es tu cliente asi que una mera manifestacion no es el pago mismo, no se como andarás de plazo pero ya tenes que reunirte y que tu cliente pague. lo del tema del acuerdo tomalo con pinzas.