Hola soy nueva en el foro . Quería consultar si alguien sabe bien que requisitos deben darse para consignar los haberes.
Comento el caso.
Empleada de temporada( local de video juego en la costa) trabaja 20 días , se golpea con un juego el codo.... se toma un mes de licencia,para cuando termina la licencia se termino su contrato que finalizaba el 28 de febrero. La esta tratando la art por el golpe. Manda carta documento estando de licencia diciendo que no le estan cubriendo los gastos y que quiere cobrar el sueldo de febrero (que es el único que se debia).
Le contestamos que esta a su disposición, que esta siendo cubierta por la art . Se presenta en el local a cobrar pero se niega a firmar el recibo de sueldo. y se retira. Manda otra CD diciendo que cuando fue a cobrar le quisieron hacer firmar documentación fraudulenta, que la insultaron y la discriminaron, etc etc...y o sorpresa...se da por injuriada y despedida......
obviamente rechazo la causal de despido, niego los hechos,ect
el tema es ahora puedo consignarle el sueldo..como ven el tema????
Ya me llamo su abogado pidiendo la indemnización a lo que el dueño del local me contesta que no que el nunca la insulto, ni la despidió, que cubrió los gastos de remises que no le cubria la art, etc , etc, etc
otro tema..Sobre esta misma persona tengo tres denuncia sde cliente que iban a l local que dicen que entro cando sus hijos estaban en el baño y los molesto e intimido, en la rir CD , que todabia era empleada, le solicite que haga un descargo..en esta segunda ya no porque se dio por despedida y le puse que quedaba el tema en la orbita de las autoridades correspondiente... PERO TENDRIA QUE HACER LA DENUNCIA PENAL EL DUEÑO??
agradezco opiniones.
Comento el caso.
Empleada de temporada( local de video juego en la costa) trabaja 20 días , se golpea con un juego el codo.... se toma un mes de licencia,para cuando termina la licencia se termino su contrato que finalizaba el 28 de febrero. La esta tratando la art por el golpe. Manda carta documento estando de licencia diciendo que no le estan cubriendo los gastos y que quiere cobrar el sueldo de febrero (que es el único que se debia).
Le contestamos que esta a su disposición, que esta siendo cubierta por la art . Se presenta en el local a cobrar pero se niega a firmar el recibo de sueldo. y se retira. Manda otra CD diciendo que cuando fue a cobrar le quisieron hacer firmar documentación fraudulenta, que la insultaron y la discriminaron, etc etc...y o sorpresa...se da por injuriada y despedida......
obviamente rechazo la causal de despido, niego los hechos,ect
el tema es ahora puedo consignarle el sueldo..como ven el tema????
Ya me llamo su abogado pidiendo la indemnización a lo que el dueño del local me contesta que no que el nunca la insulto, ni la despidió, que cubrió los gastos de remises que no le cubria la art, etc , etc, etc
otro tema..Sobre esta misma persona tengo tres denuncia sde cliente que iban a l local que dicen que entro cando sus hijos estaban en el baño y los molesto e intimido, en la rir CD , que todabia era empleada, le solicite que haga un descargo..en esta segunda ya no porque se dio por despedida y le puse que quedaba el tema en la orbita de las autoridades correspondiente... PERO TENDRIA QUE HACER LA DENUNCIA PENAL EL DUEÑO??
agradezco opiniones.