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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1024453  por NORAESTELA
 
Hola estimados,
algo sencillo, tengo un seclo cerrado sin acuerdo, debo iniciar demanda judicial. Antes de iniciar seclo mi cliente firmó tanto el poder en el seclo como el de la cámara. Pregunto, ese mismo de la cámara puedo utilizar para presentar la demanda? o debo hacer otro igual?
gracias. :?:
 #1024454  por FroyNavarro
 
NORAESTELA escribió:Hola estimados,
algo sencillo, tengo un seclo cerrado sin acuerdo, debo iniciar demanda judicial. Antes de iniciar seclo mi cliente firmó tanto el poder en el seclo como el de la cámara. Pregunto, ese mismo de la cámara puedo utilizar para presentar la demanda? o debo hacer otro igual?
gracias. :?:
Por qué otro igual. Entiendo que con el poder que te firmó en la camara podes presentar la demanda tranquilamente. SUerte
 #1024558  por andresxeneizes
 
el poder del seclo te sirve solo para el seclo (sede administrativa)
y el de la camara solo para la sede judicial
 #1024956  por NORAESTELA
 
Muchas gracias!
Tenía esa duda, lo que hice fue hacer los dos poderes antes del Seclo, y presenté en el Seclo el del seclo y para ir sin el trabajador presenté el de la camara.
Asique ahora usaré ese que tengo para la demanda... gracias!
 #1027018  por NORAESTELA
 
Hola!,
algo de poderes...
Unos clientes (parte demandada) me otorgan poder para actuar en el juicio laboral, en el Juzgado me informan que lo pueden ir a firmar allí. Les pregunto, alguien lo hizo? Es necesario que yo los acompañe o pueden ir con el poder ellos solos? muchas graciass!!
 #1027193  por andresxeneizes
 
poder ante escribano o poder ante el juzgado?

en este ultimo caso yo lo que suelo hacer es el dia que tengo la audiencia del art 80 llevo el poder y ahi mismo se los hago firmar a los clientes frente al tribunal