Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Honorarios con convenio

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1018293  por Summers
 
Colegas intervine en una sucesion en la que aun no se dicto la declaratoria de herederos, las mismas son de dos hermanas, la tercera no se ha iniciado (si tengo el escrito de inicio firmado por la actora el cual esperaba finalizar estas para luego comenzar con la ultima).

Cuestion es que me firmaron convenio de honorarios por un 45% de la valuacion fiscal de un inmueble (ya que en el convenio dice la tramitacion del sucesorio de fulana, mengana y sultano, serian e 15% de cada una lo cual esta dentro de los parametros legales).

Mi pregunta es si puedo presentar el presente convenio y me homologuen un porcentaje inferior (puesto que no estan finalizadas) o ni mencionarlo y perdir regulacion directamente?

La clienta ya advirtio que NO iba a pagar un centavo de nada.
 #1019341  por Summers
 
adrianne escribió:Como estas? Yo presentaria directamente el convenio. Sds Adri *flor*
Gracias por tu respuesta adrianne! Asi lo haré, veremos que pasa.
 #1024766  por Summers
 
Para quienes quieren saber les paso la resolucion

Desde que los acuerdos pacto de cuotas litis son propios de los procesos contradictorios, resultando los mismos ajenos, en principio, a los juicios voluntarios, atento el estado y constancias de autos, corresponde dsestimar la homologación del pacto de cuota litis solicitada (art. 4º del Decr. Ley 8904/77, en igual sentido Juan Manuel HITTERS-Silvina CAIRO, Honorarios de Abogados y Procuradores, LexisNexis, 2007, pág. 62/93). LO QUE ASI RESUELVO .


Asi que ya saben colegas por mas que les hagamos firmar lo que sea a nuestros clientes nuestro trabajo nunca sera regulado como corresponde y hay que conformarse en algunos departamentos judiciales, con 3 monedas.

Vale la pena apelar la resolucion? Me parece a mi que es perder el tiempo.
 #1025156  por Squonk
 
Summers escribió:Para quienes quieren saber les paso la resolucion

Desde que los acuerdos pacto de cuotas litis son propios de los procesos contradictorios, resultando los mismos ajenos, en principio, a los juicios voluntarios, atento el estado y constancias de autos, corresponde dsestimar la homologación del pacto de cuota litis solicitada (art. 4º del Decr. Ley 8904/77, en igual sentido Juan Manuel HITTERS-Silvina CAIRO, Honorarios de Abogados y Procuradores, LexisNexis, 2007, pág. 62/93). LO QUE ASI RESUELVO .
Vale la pena apelar la resolucion? Me parece a mi que es perder el tiempo.
Coincido con vos, no vale la pena apelar porque el decisorio es correcto
Summers escribió:Asi que ya saben colegas por mas que les hagamos firmar lo que sea a nuestros clientes nuestro trabajo nunca sera regulado como corresponde y hay que conformarse en algunos departamentos judiciales, con 3 monedas.
En este punto, no coincido con vos, porque el fallo no dice que el pacto sea nulo como acto jurídico bilateral, porque es perfectamente válido como convenio de honorarios.
 #1025161  por DRA. MACA
 
Entonces que me aconsejas? que inicie un cobro de honorarios? Prosperará de esa forma?
 #1025162  por DRA. MACA
 
Perdon me confundi de post!!!!
 #1025170  por DRA. MACA
 
Hola squonk lei convenio y pregunte para ejecutar uno, eso me pasa por postear con una mano y con la otra jugar con mi hijo :|
 #1025190  por Squonk
 
Jajaja, todo bien
Igual te contesto:
DRA. MACA escribió:Entonces que me aconsejas? que inicie un cobro de honorarios? Prosperará de esa forma?


El pacto de cuota litis tiene dos requisitos esenciales: uno es la aleatoriedad y el otro es el porcentaje.
Si se produce la ausencia de alguno de estos requisitos, el pacto no deja de ser un acto juridico bilateral perfectamente válido, solo que deviene en un convenio de honorarios.

En el caso del sucesorio que estamos tratando, al pacto de cuota litis le faltaría aleatoriedad porque el resultado de este juicio no sería incierto, y por eso ese pacto devino en un convenio que podrás ejecutar.
 #1025402  por Summers
 
Hola se me adelantaron jaja, para despejar dudas hice firmar un convenio de honorarios donde dice que por el sucesorio de A, B y C -eran 3 causantes por lo tanto habia que iniciar 3 sucesiones- se cobraba sobre el inmueble el 45% del valor fiscal.

Entonces squonk inicio directamente otra causa. Denincio conexidad con los 3 sucesorios, no?