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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1025146  por draivana33
 
TENGO UN CASO: TRABAJADOR CORRECTAMENTE INDEMNIZADO Y DEBIDAMENTE NOTIFICADO DEL DESPIDO SIN CAUSA .ACTUALMENTE TRANSCURRIERON 10 DE LA DESVINCULACION EL TRABAJOR CONCURRE AL ESTUDIO MANIFESTANDO QUE NO RECIBIO LOS CERTIF DEL ART 80 LCT..SE ENVIA CD AL EMPLEADOR INTIMANDO POR 48HS HAGA ENTREGA DEL MISMO, CUMPLIDO ESE PLAZO EL EMPLEADOR NO RESPONDE AL PEDIDO.. POR ESO QUEDA HABILITADA LA VIA JUDICIAL..MI PEDIDO ES SE ME ENVIE UN MODELO DE DEMANDA Y LA CORRESPONDIENTE PLANILLA DE CALCULO PARA PRESENTAR AL TRIBUNAL.
 #1025192  por eltam88
 
Tenés que esperar que pasen 30 días corridos desde extinción, luego de eso intimá por 2 días, si luego de eso no cumplen podés meter la demanda.

Cuando se cumplan los 30 días intimá nuevamente, no te quedes con la intimación que hiciste.
 #1025221  por marinero2020
 
Es en Capital o en provincia? no hubo SECLO por el art 80.???
Si lo presenta al contestar la demanda?

slds
 #1025229  por Arbeiter
 
marinero2020 escribió:Es en Capital o en provincia? no hubo SECLO por el art 80.???
Si lo presenta al contestar la demanda?

slds
No se como será en capital ni en provincia.
En Córdoba, si te acompaña los certificados, en cualquier momento de la causa, no corre la multa. Acá es como si la ley no dijera "en el plazo de dos días hábiles"...
 #1025358  por crixus83
 
Coincido con eltam88, tenés que aguardar 30 días desde la extinción del vínculo, luego intimar por dos días...
 #1025612  por draivana33
 
Arbeiter escribió:
marinero2020 escribió:Es en Capital o en provincia? no hubo SECLO por el art 80.???
Si lo presenta al contestar la demanda?

slds
No se como será en capital ni en provincia.
En Córdoba, si te acompaña los certificados, en cualquier momento de la causa, no corre la multa. Acá es como si la ley no dijera "en el plazo de dos días hábiles"...
Es en Cordoba ... ya se cumplieron los 30 dias y ya pasaron las 48hs de la intimacion . Por eso ya estan cumplidos los plazos que habilitan la demanda ...
 #1025714  por eltam88
 
si, con eso ya está. va por lo menos eso es lo que indica la ley, aquel que te diga lo contrario (poder judicial) está contrariando normativa vigente.