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 #1025897  por Vicflo
 
hola gente!
por favor necesito una mano... si alguien me explica como iniciar en los tribunales de la ciudad, es por una demanda de daños contra el GCBA...lei muchas cosas y no entiendo bien que es lo que debo presentar y donde!
MUCHAS GRACIAS!

*flor* SALUDOS
 #1025924  por DrSan
 
Hola, ojo que el fuero de la Ciudad es contencioso administrativo y tributario. Si el daños deriva de responsabilidad extracontractual del estado (por accion u omision) va al fuero civil.-
 #1025932  por andresxeneizes
 
si va al fuero de la ciudad, presentas demanda y documentacion en diagonal 636, ni bien entras al edificio la mesa de la derecha ahi se sortean las demandas, te van a hacer llenar un formulario como en cualquier fuero, pero lo llenas en letra imprenta, por lo menos hasta el año pasado era asi, por ende quizas alguna cosa cambiaron, porque a los bo... que se dedican a sortear demandas como se aburren siempre les gusta cambiar algo para que no nos aburramos al sortear demandas
 #1026255  por Vicflo
 
MUCHISIMAS GRACIAS A AMBOS!!

ES POR UN ACCIDENTE CUANDO ESTABA CRUZANDO LA CALLE, SE CAYO EN UN POZO DEL ASFALTO.SE FRACTURO.

POR LO QUE ESTUVE ESTUDIANDO, EN SEDE CIVIL SE VAN A DECLARAR INCOMPETENTES, HAY FALLOS PERO EN DISIDENCIA.
CORRESPONDERIA LA JUSTICIA DE LA CIUDAD...
UDS QUE OPINAN?


*flor* MUCHAS GRACIAS DE NUEVO


SALUDOS!
 #1026273  por andresxeneizes
 
yo entiendo que va a civil, porque al art 2 o 3 del codigo contencioso administrativo y tributario (el cod proc del fuero de la ciudad) dice que causas van a ese fuero y este supuesto no entra dentro de esas causas.
si lo metes en civil te van a plantear la incompetencia y la podes pelear y ganar o perder, los de la ciudad siempre la plantean porque quieren llevar los juicios a su jurisdiccion aun cuando no corresponda, sera por instruccion de arriba o porque les queda mas comodo tener todos los juicios en un fuero, pero es asi

si lo inicias en contencioso de la ciudad dudo que la ciudad te plante la competencia, quizas el juez se declara incompetente solo y te lo manda a civil.

es decir lo inicies donde lo inicies pueden mandartelo al otro fuero.

yo prefiero meterlo en civil y pelear la competencia, pero que se yo es a gusto de cada uno
 #1026291  por Vicflo
 
gracias por tu ayuda andres!!!

como vos decis, seguro tendre algun planteo de incompetencia en ambos fueros. He visto fallos de ambos.
En cuanto al CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO DE LA CIUDAD DE BUENOS no se aplicaria este articulo:
Articulo 4º - Daños y perjuicios.
No puede demandarse autónomamente la reparación de los daños y perjuicios ocasionados por actos administrativos que se reputen ilegítimos sin haberse impugnado, en tiempo y en forma, el acto que se pretende lesivo. Cuando se pretenda hacer efectiva la responsabilidad extracontractual de la autoridad administrativa derivada de un hecho ilícito, el/la afectado/a tiene opción para efectuar un reclamo administrativo previo, o acudir directamente ante la justicia contenciosa administrativa de la Ciudad de Buenos Aires.

espero te opinion, te mando un saludo! *flor*