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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1026018  por claudiaval73
 
Hola, estoy un poco perdida, tengo una duda y tal vez alguien pueda ayudarme, tengo una clienta que desea jubilarse, tiene la edad y trabaja desde 1995 en la misma casa de familia. Le hicieron los aportes en tiempo y forma y todo aparece en sijp. DEsde 04/2000 cargué el período en sicam como sdm sin ningún problema, el período anterior tendría que cargarlo en sicam? si es así en que actividad? o alcanza para acreditar que aparezca en sijp? Los años faltantes se los completo con moratoria 24.476. Gracias colegas!!!
 #1026041  por MARIO1943
 
claudiaval73 escribió:Hola, estoy un poco perdida, tengo una duda y tal vez alguien pueda ayudarme, tengo una clienta que desea jubilarse, tiene la edad y trabaja desde 1995 en la misma casa de familia. Le hicieron los aportes en tiempo y forma y todo aparece en sijp. DEsde 04/2000 cargué el período en sicam como sdm sin ningún problema, el período anterior tendría que cargarlo en sicam? si es así en que actividad? o alcanza para acreditar que aparezca en sijp? Los años faltantes se los completo con moratoria 24.476. Gracias colegas!!!
LOS PERIODOS ANTERIOR AL 4/2000, NO S E CARGA EN EL SICAM, SON RR.DD. FIGURA EN EL SIJP
 #1026141  por Maria C.
 
Como bien dice Mario en SICAM se carga a partir de 4/2000 (lo anterior el mismo sistema no te deja, sale cartel colorado que dice solo a partir de 4/2000) lo anterior invocas en SPP en observaciones que se aplique 524/08. Presenté varias en esas condicione sy no tuve inconvenientes, igualmente van a verificación. Corroborar las horas por las cuales abonaron los aportes.
 #1026164  por MARIO1943
 
Maria C. escribió:Como bien dice Mario en SICAM se carga a partir de 4/2000 (lo anterior el mismo sistema no te deja, sale cartel colorado que dice solo a partir de 4/2000) lo anterior invocas en SPP en observaciones que se aplique 524/08. Presenté varias en esas condicione sy no tuve inconvenientes, igualmente van a verificación. Corroborar las horas por las cuales abonaron los aportes.
PORQUE TIENE QUE APLICAR 524/08?, SI LOS APORTES ANTERIORES AL 04/2000 APARECEN EN EL SIJP, LA MISMA SE APLICA CON CERT O SIN CERT. DE ACUERDO A LOS PERIODOS FALTANTES Y AQUI NO HAY PERIODOS FALTANTES, POR LO TANTO NO DEBE APLICAR LA RES. 52408