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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1026302  por Alejandra Radua
 
Ansés liquidó una sentencia de rejauste a través del expediente 150 del jubilado. Pero éste falleció en el año 2012, yo acredité el fallecimiento y continué las actuaciones con la pensionada, ya que estaba en Cámara.
En febrero de este año se cumplieron los 120 días.
Debería haber un expediente 150 de la pensionada? Salió resuelto favorablemente el 26/03/2014.