Hola colegas. Tengo la siguiente pregunta:
1)Existe la forma que en capital federal, ante un accidente de trabajo, quede en fuero LABORAL (Y NO VAYA AL CIVIL) Tengo jurisprudencia sólo de una situación similar, y fue al civil.
El accidente es la pérdida de un ojo, pero POSTERIOR A LA PUBLICACIÓN DE LA NUEVA LEY.. O SEA, LA LEY 26773 YA ESTÁ VIGENTE. El accidente fue en enero de 2013.
2) Antes trabajaba con la formula Vuotto - Mendez. Alguien conoce cómo se aplica el nuevo RIPTE.?
3) Se tramita Seclo? (yo pretendo que quede en laboral, capital)
4) Ante la hipótesis que todo me salga al reves, y deba ir a Civil... alguno tiene alguna causa tramitando en accidente en este fuero.
Ojalá tenga respuesta por parte de uds. Desde ya, agradezco cualquier comentario que pueda ayudarme.
1)Existe la forma que en capital federal, ante un accidente de trabajo, quede en fuero LABORAL (Y NO VAYA AL CIVIL) Tengo jurisprudencia sólo de una situación similar, y fue al civil.
El accidente es la pérdida de un ojo, pero POSTERIOR A LA PUBLICACIÓN DE LA NUEVA LEY.. O SEA, LA LEY 26773 YA ESTÁ VIGENTE. El accidente fue en enero de 2013.
2) Antes trabajaba con la formula Vuotto - Mendez. Alguien conoce cómo se aplica el nuevo RIPTE.?
3) Se tramita Seclo? (yo pretendo que quede en laboral, capital)
4) Ante la hipótesis que todo me salga al reves, y deba ir a Civil... alguno tiene alguna causa tramitando en accidente en este fuero.
Ojalá tenga respuesta por parte de uds. Desde ya, agradezco cualquier comentario que pueda ayudarme.