Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DIVORCIO CARACTERISTICO.- CONVERSION?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1026770  por Anibalinlaw
 
Estimados: les cuento brevemente. El matrimonio se encuentra separado de hecho desde hace poco más de 5 años y yo patrocinaría al marido. La sra. inició un divorcio por causal subjetiva, del cual jamás se nos corrió traslado. Además hay exptes. de alimentos, aumentos de cuota y rendiciones de cuentas. ¿cómo les parece si me presento -unilateralmente- en el divorcio y pido la conversión en 214, inc 2 causal objetiva dada por el transcurso del tiempo? Por supuesto presentando prueba de la fecha de separación. ¿podrá existir la posibilidad de que la contraparte intente probar la culpabilidad de mi cliente, dado que el 214, inc. 2 nos remite al 204? Muchas gracias por su tiempo y comentarios. Atte. Anibal.
 #1027526  por Anibalinlaw
 
el inicio del divorcio es reciente y no lo mueven. Pensaba en notificarme y pedir conversión por causal objetiva o bien reconvenir ¿se podrá?
 #1027581  por andresxeneizes
 
yo creo que para convertirlo tienen que estar los dos de acuerdo, sino el conyuge culpable de algun divorcio podria librarse de la culpa pidiendo la conversion en lugar de probando que no fue su culpa

lo que podes hacer es reconvenir, o contestar la demanda negando todo y que el otro pruebe y sino prueba pierde con costas

despues quizas te conviene primero pensar bien que vas a hacer con el cliente y luego notificarte o esperar la notificacion asi ganas dias