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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1026995  por jlnoble
 
Hola les comento un caso para que opinen. Voy por empleadora y no tengo experiencia en contestar demandas de enfermedad profesional. Por el rubro que maneja mi cliente, no es común que reciba esos reclamos. Despido con causa febrero de 2012. Hay intercambio sin mención alguna de enfermedad. diciembre 2013 inicia demanda por despido y por enfermedad profesional manifestando que se entero de su padecimiento por consulta medica en febrero de 2012 (acompaña estudios) fundamenta en art 1113 y plantea inconstitucionalidad de 24557 y del 75 de LCT. No cita ART. Estaba en blanco y tenia cobertura de ART. Como les parece que puedo defender mejor a mi cliente? No debería haber fundado en la nueva ley? Fuero trabajo provincia de ba.

Ojala puedan darme una mano. Gracias. Me comprometo a contarles como termina la historia
 #1027214  por andresxeneizes
 
la nueva ley es de octubre de 2012 y el caso es anterior, y la ley dice especificamente que los casos anteriores van con la ley anterior

tene en cuenta, que hay que tenes que pedir la citacion de la ART como tercero

despues el resto lo contestas igual que cualquier demanda de accidente de trabajo,