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  • Trabajo en Negro. Modelo de demanda. Estoy reclamando todo?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #100483  por patosoto76
 
estimados: paso a detallar la parte de reclamo para un caso de trabajo en negro. Aclaro que este caso es muy particular ya que el empleador en una carta documento que se cruzaron reconoce la relacion laboral en negro !.

¿ tengo que determinar en la demanda como rubro indemnizatorio que en definitiva integrara el total demandado lo que se adeuda de aportes previsionales? ¿ o por el contrario refiero simplemente a ellos pero sin determinar monto?. ver que mi cliente trabajo 12 años y pico, por lo que si tomo un 18% de su sueldo (mas o menos) para ese rubro el monto de la demanda practicamente se duplica.

1) "DATOS DE LA RELACIÓN: 1) Fecha de Ingreso: 31 de Julio de 1995; 2) Fecha en que el trabajador se dio por despedido o de egreso: 06 de Diciembre de 2007; 3) Categoría: Administrativa y recepcionista; 4) Horarios: de Lunes a Viernes de 7.00 A.M a 13 P.M y de 17 P.M a 21 P.M; 5) Remuneraciones: $1.150 ; 6) Horas Extras: de carácter permanente, con un mínimo de dos horas de lunes a viernes, además de un mínimo de cuatro horas los sábados. Dos sábados al mes como mínimo.-
RECLAMOS: 1) Indemnización por despido injustificado; 2) Preaviso (arts. 3, 4 y 5 ley 25.877); 3) Salario adeudado del mes de Diciembre de 2.007; 4) S.A.C. adeudados; 5) Indemnización art. 80 ley Nº 20.744; 6) Vacaciones no gozadas; 7) Ley 25.323 art. 1 y 2; 8) Realice los aportes debidos no registrados 9) Mejoras establecidas por el convenio colectivo de trabajo aplicable a la relación. "

el calculo me da sin los aportes prev. casi 40 lucas. con aportes casi 70.

 #100549  por MORGAN
 
No podés involucrar en la liquidación las deudas de aportes de ningún tipo, el trabajador no está legitimado para esa acción porque es competencia de los organismos de recaudación fiscal art. 15 LCT, además existen normas que establecen las multas pertinentes en caso de falta de registración, o defectuosa registración, retención de aportes parcial o total, etc. Leyes 24013; 25323; 23345.

 #100730  por jfrotela
 
Pato... me parece se te paso la ley 24013 al reclamar.... Pero me temo que si ya lo diste por despedido es tarde... tiene que reclamarse con la relacion vigente.

Corregime si me equivoco....

 #100835  por patosoto76
 
hola foro!!

gracias por siempre aclarme dudas en este campo nuevo para mi.
mi cliente antes de consultarme le mando tcl solicitando que se le aclare situación laboral en 48 hs o se daba por despedida, dado que recibio una cd extinguiendo la relación,....pero ella siempre estuvo en negro !!. El plazo ya vencio. Por eso no intime por la 20.744.
Gracias a este error del empleador solicitare un par de medidas cautelares (embargo y asistencia medica y farmaceutica, Cod. proc. laboral de corrientes).

ahora se que no puedo incluir los montos debidos en concepto de aportes previsionales. Una lastima. el calculo de los honorarios por mas que lo gane no incluira esos rubros.


el resto esta bien? o debo ser mas preciso en el campo laboral al reclamar rubros?


gracias foro

 #100864  por jirafales
 
Pato: Fijate si no deberías incorporar el art. 132 bis LCT en caso que le hayan retenido dinero para aportes que no realizaran posteriormente y falta la integración del mes de despido. Suerte!

 #100985  por jfrotela
 
Clarisimo pato... dale para adelante que vas bien!!!!

Saludos. Franco
 #102150  por "doctoraZA"
 
hola estimados colegas... volvi: bueno en esta ocasión es para preguntarles; estoy frente a mi primer demanda laboral en capital, quiero saber de acuerdo a su experiencia si puedo embargar preventivamente al empleador, que debería acreditar para q el juez haga lugar a la medida, lo de la verosimilitud del derecho y peligro en la demora bárbaro todos lo sabemos, pero: que conducta llevada a cabo por el empleador es digna de embargo?por ejemplo en el caso en cuestión el empleador despidió a su personal en negro, y no se q puede hacer con las sucursales q tiene, debería presentar testigos, para demostrar el peligro en la demora? bueno en fín muchas gracias a todos por sus aportes!!!

 #102216  por jfrotela
 
La verdad que no se que decirte... con un trabajo en negro va a ser dificil conseguir una cautelar, principalmente porq el juicio en si va a ser para probar la relacion, por lo que se sobreentiende que no tenes verosimilitud del derecho, la relacion es en negro y tiene que ser probada!!!

Podrias intentar con un buen numero de pruebas en el pedido de cautelar para acreditar la verosimilitud, y obviamente buscar la manera de acreditar el peligro en la demora
 #102701  por pinuer
 
jirafales escribió:Pato: Fijate si no deberías incorporar el art. 132 bis LCT en caso que le hayan retenido dinero para aportes que no realizaran posteriormente y falta la integración del mes de despido. Suerte!
No es procedente el reclamo por el art. 132bis, LCT, en casos de trabajadores en negro, porque es imposible demostrar la retención de aportes en, por ejemplo, un recibo de haberes que la mayor de las veces no existe.

 #102718  por Sailaw
 
Las indemnizaciones de ley de empleo solo son reclamables, mientras está vigente el tracto laboral, efectuado el distracto no es posible, le quedan las indemnizaciones de la LCT.