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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1001030  por Graciela Perez
 
Hola gente, hoy en UDAI Varela, el iniciador le decia a una Sra. que no podia inciar la pension ya que el conyuge habia fallecido en Mayo de 1994 y entonces no se podia aplicar moratoria, ya que no era la ley vigente, de la lectura que hago entiendo que no es como le decian a la Sra.
Veo que tiene inscripcion en el PHA desde Julio de 1977 y dice como todos Fecha de cese 2/1986.
Se podra tramitar la pension aplicando la ley 18038, situacion de revista desde 07/1977 hasta 05/1994, mes en el que fallece, pago el mes de mayo/1994. Otra pregunta, con que ley prescribo los periodos con deuda?
Resoluciones favorables a esta postura para pasarme y asi llevar al inicio alguien tiene?

Gracias a quien pueda darme una mano con esto

Graciela
 #1027287  por Anyweb
 
Graciela Perez escribió:Alejandra01, Mario.... en que UDAI presentaron ustedes??? así presento en esa UDAI si es que sale en esas UDAI sin ir a la CARSS, entiendo que ahora podes elegir la UDAI cuando solicitas el turno.

Graciela
Me sumo a la consulta de Graciela. Por favor pueden informar que Udais acuerdan con solo el último mes pago.
Gracias