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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1027004  por MATANGA19
 
Hola buenas noches, quiero hacerles una consulta que me llego al estudio y como estoy recien metiendome en la rama de derecho laboral recurro a ustedes.
El caso es el siguiente, mi clienta tiene una niñera que le cuida al nene, empezo a trabajar en febrero del 2013 y la pone en blanco con todos los beneficios en julio 2013, ahora bien en febrero 2014 le avisaron en la empresa que desde mayo ya no trabaja mas pues cierra el lugar, aprovechando eso ya no iria mas a trabajar a un lugar sino que directamente trabajaria en su casa, por esto motivo ya no presisarìa de la niñera, lo que ella me vino a consultar es como echarla sin tener que comerse despues una indemnizacion por despido. A ver yo pensaba en que arregle con la empleada y esta le envie el telegrama de renuncia y mi clienta le paga lo trabajado, pero ya me dijo que no cree que la otra parte acepte este acuerdo, entonces que me convien hacer?
 #1027216  por andresxeneizes
 
yo creo que sino quiere llegar a un acuerdo de desvinculacion entre partes, no le queda otra que el despido, yo soy partidario de que si el empleado sabe que lo van a despedir no demorar mucho la situacion, para que no haya quilombo.
en todo caso con el despido ya producido, y que la trabajadora no entra mas a la casa y no puede hacer lio ahi se negocia
 #1027300  por sanjuanino
 
Yo entiendo que en este caso, si no quiere comerse el juicio, si o si tiene que llegar a un acuerdo de desvinculación laboral. Que para el empleador sería conveniente si se ahorra algunos mangos y para el trabajador es conveniente por que agarra plata ya
 #1027336  por MATANGA19
 
disculpen mi igonarancia pero si esta en blanco y la despide con justa causa "cese de la relacion laboral por falta de trabajo" se puede comer un juicio que indemnizacion le corresponde mas que un mes por año trabajjado.?
 #1027377  por andresxeneizes
 
comer un juicio se lo puede comer simplemente porque la trabajadora no quiera arreglar por lo que corresponde y quiera cualquier cosa.

pero supongamos que la otra parte es coherente, el cese de trabajo no lo veo que aplique porque eso es de la lct y ademas generalmente es necesario demostrar ello lo cual es muy dificil.

por ende habria que pensar en el pago de una indemnizacion para llegar a un acuerdo, por el periodo en blanco como dice sl sanjua

despues si quiere discutir por el periodo que estuvo sin registrar que son 3 meses y al dia de hoy no le harian variar la indemnizacion por antiguedad sera para analizarlo con numeros en mano para ver si cuesta menos pagar algo mas o ir a juicio
 #1027409  por MATANGA19
 
La verdad yo defiendo a muerte a los trabajadores explotados y en negro, pero una situacion asi en que yo se, porque mi clientea es mi mejor amiga, que ella le dio todas los beneficios posibles,como faltar por nada sin descontarle dias y ni hablar de ponerla en blanco como corresponde se pueda llegar a comer este garrron, porque la mina estaba en blanco con todos los beneficios no puedo creer que tenga que pagarle mas de lo que la ley exige me parece de una impotencia y desacuerdo total.
 #1027410  por MATANGA19
 
a eso le agrego que es verdad la falta de trabajo porque mi clienta se quedo sin trabajo como conte, por ende no necesita de una niñera para cuidarle a la hija para eso esta ella ahora, espero sepan comprender mi impotencia, llego a la concluision que no se hasta que punto conviene ponerlos en blanco a los empleados perdonenmen pero si te pueden inciar un juicio igual no le encuentro el sentido.
 #1027485  por andresxeneizes
 
yo creo que conviene ponerlos en blanco, porque si no arreglas y vas a juicio tenes todas de ganar, o mejor dicho de perdelo por la cifra en blanco que vos estas ofreciendo hoy.
yo en estos casos lo que hago es le digo al cliente la plata que tenes hoy guardala en lechuga y con la sentencia pagas, total con la inflacion que hay hoy mas alguna devaluacion en el medio del juicio, sumado al irrisorio 2% de tasa activa, quizas esa plata en dolares te alcanza para pagar casi toda la sentencia completa mas intereses
 #1027535  por sanjuanino
 
MATANGA19 escribió:La verdad yo defiendo a muerte a los trabajadores explotados y en negro, pero una situacion asi en que yo se, porque mi clientea es mi mejor amiga, que ella le dio todas los beneficios posibles,como faltar por nada sin descontarle dias y ni hablar de ponerla en blanco como corresponde se pueda llegar a comer este garrron, porque la mina estaba en blanco con todos los beneficios no puedo creer que tenga que pagarle mas de lo que la ley exige me parece de una impotencia y desacuerdo total.
Esto es una defensa ideológica y política, no jurídica. Y desde ya, por supuesto, estoy de acuerdo con vos. Pero en este caso, no se aplica la falta de trabajo, ya que el régimen doméstico no esta dentro de las previsiones de la LCT. Para pagar de otra forma, mucho menos que lo que dice el régimen e invocar la falta de trabajo habría que declarar en quiebra a tu cliente, lo que no te conviene de palo a palo. Insisto en que estoy hablando en términos estrictamentes jurídicos.
Respecto del blanqueo del trabajador, es conveniente en este caso pues si no lo esta el mismo régimen doméstico le duplica la indemnización (lo que por cierto, es mucho mas gravoso en la 24013).
Hoy no conviene, salvo los primeros meses, tener un empleado en negro
andresxeneizes escribió:yo creo que conviene ponerlos en blanco, porque si no arreglas y vas a juicio tenes todas de ganar, o mejor dicho de perdelo por la cifra en blanco que vos estas ofreciendo hoy.
yo en estos casos lo que hago es le digo al cliente la plata que tenes hoy guardala en lechuga y con la sentencia pagas, total con la inflacion que hay hoy mas alguna devaluacion en el medio del juicio, sumado al irrisorio 2% de tasa activa, quizas esa plata en dolares te alcanza para pagar casi toda la sentencia completa mas intereses
convengo absolutamente.
al respecto de este tema (devaluación, inflación y desvalorización) la LCT en su artículo 276 habla al respecto, lo que si nosotros le ponemos pilas a la liquidación final podría mejorar un poco los numeros, haciendo primero la actualización monetaria y luego a ello aplicarles los intereses de la tasa activa. Yo todavía no lo he probado, ni he visto alguien que lo haga. pero es para pensarlo