Hola foristas:
Les consulto: como parte demandada planteé la incompetencia territorial en un expediente que tramita en capital federal y el Juzgado me dió la razón.
La resolución se encuentra firme. Pedí regulación de honorarios y me fijaron audiencia art. 80 LO.
Puede ser? Qué me aconsejan hacer?
Con la incompetencia decretada, el juzgado ya no tiene jurisdicción y, a la postre, deberían archivar las actuaciones, entiendo yo.
Les consulto: como parte demandada planteé la incompetencia territorial en un expediente que tramita en capital federal y el Juzgado me dió la razón.
La resolución se encuentra firme. Pedí regulación de honorarios y me fijaron audiencia art. 80 LO.
Puede ser? Qué me aconsejan hacer?
Con la incompetencia decretada, el juzgado ya no tiene jurisdicción y, a la postre, deberían archivar las actuaciones, entiendo yo.
Rubia